El Salvador: Informe de los Derechos Humanos 2022

INFORME DE DERECHOS HUMANOS DE EL SALVADOR 2022

 RESUMEN EJECUTIVO

El Salvador es una república constitucional multipartidista con un gobierno elegido democráticamente. En 2019, los votantes eligieron a Nayib Bukele como presidente por un período de cinco años. Según observadores internacionales, en general, las elecciones fueron libres y justas. Las elecciones municipales y legislativas se llevaron a cabo en febrero de 2021 y también fueron consideradas, en gran medida, libres y justas por los observadores internacionales.

La Policía Nacional Civil, supervisada por el Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, es la responsable de mantener la seguridad pública. El Ministerio de Defensa es la responsable de mantener la seguridad nacional. Aunque la Constitución separa la seguridad pública y las funciones militares, le permite al presidente usar las fuerzas armadas “en circunstancias excepcionales” para mantener la paz interna y la seguridad pública “cuando se hayan agotado todas las demás medidas”. El ejército es responsable de proteger las fronteras internacionales y de realizar patrullajes conjuntos con la Policía Nacional Civil. Las autoridades civiles mantuvieron un control efectivo sobre las fuerzas de seguridad. Hubo informes de que miembros de las fuerzas de seguridad cometieron abusos.

El 27 de marzo, la Asamblea Legislativa declaró el estado de excepción para responder al dramático aumento de homicidios cometidos por pandillas durante el fin de semana del 25 al 27 de marzo. Bajo el estado de excepción, el cual debe ser renovado mensualmente, se faculta a las fuerzas de seguridad para arrestar a cualquier persona sospechosa de pertenecer a una pandilla o de brindarles apoyo a éstas.  Además, el estado de excepción suspendió el derecho a ser informado inmediatamente del motivo de la detención, el derecho a la defensa legal durante las investigaciones iniciales, el derecho a la privacidad en correspondencia y conversaciones y el derecho a la libertad de asociación. Hubo numerosos informes de arrestos arbitrarios, allanamientos a hogares, procedimientos judiciales injustos y muertes de detenidos, seguido de la declaración del estado de excepción. Más de 52,000 personas fueron arrestadas en los primeros seis meses del estado de excepción, dando lugar a denuncias de hacinamiento y trato inhumano en los centros penales.

Aspectos significativos de derechos humanos incluyeron informes fidedignos de:  homicidios ilegítimos o arbitrarios, desapariciones forzadas; torturas y tratos inhumanos, castigos crueles o degradantes por parte de las fuerzas de seguridad; condiciones penitenciarias duras y potencialmente mortales; arrestos y detenciones  arbitrarios; graves problemas con la independencia del poder judicial; interferencia arbitraria o ilegal con la privacidad; graves restricciones a la libertad de expresión y a los medios de comunicación, incluyendo la censura y amenazas de aplicar las leyes penales para limitar la expresión; grave corrupción gubernamental; falta de investigación y rendición de cuentas por la violencia de género; barreras significativas para acceder a servicios de salud sexual y reproductiva; y delitos relacionados con la violencia contra personas lesbianas, gay, bisexuales, transgénero, personas del mismo género e individuos intersexuales.

Persistió la impunidad en las fuerzas de seguridad, en otras oficinas del poder ejecutivo y el sistema judicial. En algunos casos, las autoridades investigaron y procesaron a personas acusadas de cometer delitos y abusos de los derechos humanos.

Grupos delictivos, incluyendo pandillas nacionales, transnacionales y narcotraficantes fueron autores importantes de crímenes violentos. Cometieron homicidios, extorsiones, secuestros, trata de personas, intimidaciones y otras amenazas y tipos de violencia. Actos dirigidos contra la policía, contra las autoridades judiciales, contra la comunidad empresarial, contra periodistas, contra mujeres y contra miembros de las poblaciones vulnerables. Las autoridades investigaron y judicializaron tales acciones.

Sección 1. Respeto a la integridad de la persona

a. Privación arbitraria de la vida y otras ejecuciones ilícitas o motivadas por cuestiones políticas

Hubo informes de que el gobierno o sus agentes cometieron homicidios arbitrarios o ilegítimos, derivados en gran medida de las muertes de detenidos en prisión durante el estado de excepción. La Fiscalía General de la República investiga si los homicidios eran justificables y ha iniciado acciones judiciales. La Policía Nacional Civil (PNC) reportó que, hasta agosto, ningún agente de policía había sido acusado de homicidio.

El 15 de agosto, la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos (PDDH) declaró que había abierto 28 investigaciones sobre muertes de reclusos durante el estado de excepción. El Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, Apolonio Tobar, dijo que las investigaciones se basaron en denuncias de personas que atribuyeron las muertes de sus familiares al estado de excepción. El objetivo de las investigaciones era examinar la culpabilidad de la Fiscalía General de la República y si los presos fueron víctimas de negligencia o asesinato mientras estaban bajo custodia del gobierno (ver sección 1.d.).  El 26 de agosto, el diario La Prensa Gráfica reportó que 73 detenidos murieron en prisión tras el inicio del estado de excepción. Funcionarios del gobierno declararon que estaban investigando todas las muertes en los centros penales para determinar si fueron cometidas por autoridades gubernamentales, pero que, a la fecha, no habían identificado ningún caso de este tipo.

b. Desaparición

Bajo el estado de excepción, hubo informes periódicos de que funcionarios de seguridad y de la policía arrestaron ciudadanos y no informaron a sus familias de su paradero. El 31 de mayo, Cristosal, organización de derechos humanos informó que, de las 808 denuncias documentadas por la organización durante los primeros dos meses del estado de excepción, 65 por ciento involucraba casos en los que se desconocía el paradero de los detenidos.

Los medios de comunicación y grupos de derechos humanos informaron que desapariciones no relacionadas con el gobierno, las cuales ellos y las familias de los desaparecidos atribuyeron a la violencia de pandillas, continuaron ocurriendo con regularidad.  El gobierno reportó un número variable de desapariciones y se negó esporádicamente, a proporcionar a los medios de comunicación números y datos adicionales a las desapariciones, a menudo alegando que las estadísticas eran información reservada. La PNC reportó 255 desapariciones de enero a agosto. Sin embargo, en mayo, la PNC informó a La Prensa Gráfica que hubo 577 denuncias de personas desparecidas entre enero y finales de mayo. En octubre, el Instituto de Medicina Legal (IML) el departamento forense bajo la Corte Suprema informó que sólo 129 personas habían sido reportadas desaparecidas de enero a septiembre. El 19 de mayo, la división internacional de la Sociedad Suiza de Radiodifusión (Swiss Broadcasting Society) informó que el principal perito forense en la Fiscalía había reconocido en varias ocasiones que, si una persona pasaba más de ocho días desparecida, había una alta probabilidad de que la persona hubiera fallecido y enterrada en una fosa clandestina.

El 16 de mayo, funcionarios de la Fiscalía y de la Policía dijeron a los familiares de los desaparecidos que habían suspendido las investigaciones sobre desapariciones porque estaban dándole prioridad a las actividades realizadas bajo el estado de excepción.

c. Tortura y otros tratos o castigos crueles, inhumanos o degradantes y otros abusos relacionados

La ley prohíbe dichas prácticas, pero hubo informes creíbles de que funcionarios de gobierno hicieron uso de estas prácticas. Las denuncias de los medios de comunicación y de la Sociedad civil sobre abusos y malos tratos por parte de la policía y los guardias penitenciarios aumentaron significativamente tras la introducción del estado de excepción en marzo.

La PNC informó que, al 1 de agosto, había registrado 24 denuncias de mala conducta de oficiales de la policía.  En contraste, de enero a julio, la Inspectoría General de Seguridad Pública informó que había recibido 50 denuncias de abuso físico, dos denuncias de abusos sexuales y cuatro denuncias de acoso sexual por parte de agentes de policía.  La PDDH informó que había recibido nueve denuncias por tratos degradantes; 58 casos de maltrato y 15 denuncias de uso desproporcionado de la fuerza por agentes de la PNC de enero a julio. En el mismo período, la PDDH recibió una denuncia de tortura; tres denuncias de tratos crueles, inhumanos o degradantes; seis denuncias de maltrato y una de uso desproporcionado de la fuerza por parte de las fuerzas armadas.

El 22 de agosto, la PDDH informó que había recibido más de 400 denuncias de posibles abusos durante el estado de excepción. El Procurador para la defensa de los derechos humanos, Tobar, proporcionó los resultados de las investigaciones de la PDDH sobre las denuncias recibidas durante el primer mes del estado de excepción en los distritos de San Salvador y Cuscatlán. Tobar dijo que la PDDH no encontró abusos contra los derechos humanos en el 95 por ciento de las 173 denuncias provenientes de San Salvador y no encontró culpabilidad por parte de los funcionarios en ninguno de los 73 casos en Cuscatlán.  La PDDH no visitó los centros penales para verificar las condiciones carcelarias o el trato a los internos sino hasta 107 días después del inicio del estado de excepción y en noviembre la PDDH anunció que los funcionarios penitenciarios les habían negado el acceso nuevamente.

Organizaciones de derechos humanos también recibieron denuncias de abuso y maltrato por parte de la policía y guardias penitenciarios. El 10 de agosto, el Observatorio Universitario de Derechos Humanos (OUDH) informó que había recibido reportes de 28 casos de maltrato, 12 casos de uso desproporcionado de la fuerza, siete casos de tratos crueles y seis casos de intimidación.  Todos los casos reportados ocurrieron durante el estado de excepción. El coordinador general del OUDH, Danilo Flores, alegó que las denuncias confirmaban la existencia de tortura.  El informe del OUDH destacó el caso de un niño de 14 años, que fue detenido en las bartolinas de la policía donde agentes de seguridad presuntamente sumergieron su cara en agua y le apretaron los dedos con pinzas para forzarlo a admitir que pertenecía a una pandilla. También afirmó que lo colocaron en una celda con pandilleros que lo golpearon. Estaba vomitando sangre cuando al fin fue liberado.  Después de su liberación, informó haber sido acosado en su casa por agentes de policía. Finalmente se fue del país para evitar más acoso policial.

El 4 de abril, La Prensa Gráfica informó que un hombre murió el 30 de marzo después de haber sido arrestado en El Refugio, Ahuachapán.  El IML declaró que la causa de muerte fue un severo trauma toráxico contundente y que tenía otras lesiones en los ojos, rodillas y hombros. Testigos del arresto dijeron que vieron a varios agentes de la PNC golpearlo al momento de arresto, exigiendo que confesara ser pandillero.  La PNC declaró que sus lesiones las recibió de otros internos después de ser trasladado al penal de Izalco.

El 2 de mayo, Human Rights Watch y Cristosal reportaron que habían obtenido información de primera mano sobre 34 casos de abuso por parte de la policía. Las organizaciones entrevistaron a víctimas y a sus familiares, a abogados y a organizaciones de la sociedad civil y analizaron los informes médicos, fotografías y documentos para corroborar la información de las entrevistas.  Testigos informaron que vieron a las fuerzas de seguridad golpeando a las personas mientras los arrestaban y amenazaban a los familiares de los detenidos con arrestarlos si ellos no “dejaban de hacer preguntas”.  En un caso documentado, un hombre de 21 años fue arrestado el 3 de abril y mantenido incomunicado. El 19 de abril, el hospital informó a su familia que había muerto de “hipertensión” y “muerte súbita.”  Sin embargo, no se hizo autopsia y las fotografías de su cuerpo mostraron lesiones.

El órgano judicial siguió procesando varios casos de la guerra civil contra miembros de las fuerzas armadas.  El juez en el caso de la masacre de El Mozote de 1981 escuchó las declaraciones de testigos y el juez en el caso de homicidio de cuatro periodistas holandeses y ordenó el arresto de varios acusados de alto rango.  El gobierno, sin embargo, continuó negando el acceso a los peritos a los archivos militares para determinar la responsabilidad penal por la masacre de El Mozote, desafiando una orden judicial de 2020.

La impunidad fue un problema en la PNC y las fuerzas armadas. Entre los factores contribuyentes a la impunidad figuran la politización y la corrupción.  El gobierno impartió capacitaciones anuales a las unidades militares para disminuir los abusos graves de derechos humanos, tal como la capacitación dada por el Batallón de Infantería Marina impartido por la unidad jurídica de la fuerza naval sobre la necesidad de respetar los derechos humanos.

Condiciones de las cárceles y los centros de detención

Las condiciones carcelarias empeoraron durante el estado de excepción. El número de reclusos se duplicó con creces tras pocos meses del inicio del estado de excepción, lo que dio lugar a denuncias de gran hacinamiento, condiciones sanitarias inadecuadas, escasez de comida, falta de servicios médicos en las instalaciones penitenciarias y agresiones físicas.

Condiciones físicas: Según el OUDH, los centros penales estuvieron al 119 por ciento de su capacidad antes del estado de excepción, pero se llenaron más al duplicarse el número de detenidos. Para mayo, más de 71,000 detenidos estaban recluidos en un Sistema penitenciario diseñado para 30,000.  Reclusos que fueron liberados confirmaron que el hacinamiento era grave, con 80 internos en celdas construidas para 12 y espacios insuficientes para acostarse. El 28 de marzo, el director de Centros Penales, Osiris Luna, declaró que los reclusos tendrían solo dos comidas al día, después de que el presidente Bukele ordenara el racionamiento de alimentos por la llegada de más reclusos.  Un recluso liberado informó que recibía cuatro onzas de arroz y una tortilla por día.  Desde el inicio del estado de excepción, el gobierno anunció con frecuencia en las redes sociales las condiciones de hacinamiento y la falta de alimentos adecuados en los centros penales como tratamiento adecuado para los pandilleros.

Los hombres y mujeres estuvieron separados (ver sección 6, Niños, detención y encarcelamiento de niños).  Aunque las peores condiciones se reportaron en los centros penales de hombres, la organización local Servicio Social Pasionista reportó que había condiciones insalubres en los centros de detención de mujeres y niños.

En abril, el Procurador para la Defensa de los Derechos Humanos, Tobar, afirmó que su oficina había investigado denuncias de detenciones arbitrarias durante el estado de excepción y concluyó que los detenidos no habían sufrido trato injusto más allá de lo permitido por la ley. En junio el procurador Tobar visitó un centro de detención de la PNC, junto con el director de centros penales y el ministro de Justicia y Seguridad Pública. Después de la visita, la PDDH publicó un informe y una serie de videos de la visita, pero los medios de comunicación y organizaciones de derechos humanos señalaron que el procurador no mencionó la muerte de más de 50 reclusos durante el estado de excepción, la mayoría de ellas en el penal de Mariona. Tras la publicación de los videos, los críticos alegaron que Tobar ya no era un defensor independiente de derechos humanos. En octubre terminó el mandato de Tobar y la Asamblea Legislativa eligió a Raquel Caballero de Guevara como nueva Procuradora para la Defensa de los Derechos Humanos. En noviembre su oficina informó que se les había negado el acceso a los centros penales para verificar las condiciones.

En noviembre, la Fiscalía General de la República anunció que estaba investigando 90 muertes en penales, consistente con el recuento de muertes en penales que llevan los periódicos y organizaciones de derechos humanos.   El 26 de agosto, La Prensa Gráfica reportó que 73 detenidos habían muerto en los penales desde el inicio del estado de excepción.  El periódico citó un informe del IML que decía que 35 de los detenidos murieron de causas como estrangulamiento, traumatismo por fuerza contundente u otras causas que podrían indicar tortura o maltrato mientras estaban detenidos. El IML determinó que otros 22 detenidos murieron debido a cuidados médicos inadecuados mientras estaban presos. Muchas familias de los reclusos informaron que las autoridades penitenciarias se negaron a aceptar los medicamentos que les traían y algunos de los internos murieron posteriormente.  Otros 12 internos murieron por “causas indeterminadas” y el periódico confirmó los informes de otras cuatro muertes de reclusos después de la publicación del informe del IML.  Varios de los pocos detenidos que fueron liberados informaron, que los guardias golpeaban a los detenidos con regularidad.

Las pandillas se mantuvieron prevalentes en los penales y la PDDH informó que los internos estaban divididos en grupos compuestos por pandilleros, colaboradores de pandillas y aquéllos sin conexiones con pandillas.

Administración:  La PDDH está facultada para investigar las denuncias de condiciones abusivas en los penales. La PDDH declaró que había abierto investigaciones sobre las denuncias de abuso o condiciones abusivas, pero que al finalizar el año no las habían completado. Aunque por ley, la PDDH debería tener acceso libre e inmediato a los penales, todas las visitas a estos fueron suspendidas en marzo 2020. El Procurador Tobar, junto con otros funcionarios del gobierno, visitaron los penales dos veces en el año.

Monitoreo independiente:  El gobierno suspendió las visitas a los penales en marzo 2020 debido a la pandemia de COVID-19.  La suspensión continuó en octubre, mucho después de que el gobierno levantara todas las otras restricciones relacionadas con la pandemia.  La suspensión de las visitas a los penales incluyó la mayoría de las inspecciones institucionales, visitas de organizaciones internacionales, ONG, iglesias y otros.

d. Arresto o detención arbitrarios.

La Constitución prohíbe la detención arbitraria y la ley establece el derecho de una persona a impugnar ante los tribunales la legalidad de su arresto o detención.  Con la introducción del estado de excepción en marzo, el gobierno no siempre cumplió con estos requisitos.

Procedimientos de arresto y trato de los detenidos

La Constitución requiere una orden escrita de detención, excepto en los casos en que la persona es sorprendida en el acto de cometer un delito.  Antes del estado de excepción, las autoridades generalmente detenían a las personas con órdenes emitidas por un juez y basadas en pruebas, aunque esto se ignoraba frecuentemente cuando surgían denuncias de pertenencia a pandillas. La Policía generalmente informaba a los detenidos con prontitud de los cargos en su contra.  El decreto del estado de excepción suspendió el derecho a asistencia de defensor, así como el requisito de informar a las personas el motivo de su arresto al momento de su detención y aumentó el número de días que una persona podía permanecer detenida antes de ser acusada formalmente.

El lenguaje del decreto del estado de excepción no detalló los cambios para los procedimientos de aplicación, pero en la práctica ya no se requería que las fuerzas de seguridad tuvieran órdenes judiciales antes de realizar arrestos o ingresar en las casas para hacer un arresto. Debido a que el decreto también suspendía el derecho a asistencia de defensor, los agentes encargados de hacer cumplir la ley no esperaban a que los sospechosos obtuvieran asistencia legal antes de interrogarlos.  Aunque la ley permite la libertad bajo fianza para los detenidos que es poco probable que huyan o cuya liberación no impediría la investigación del caso, la mayoría de los detenidos bajo el estado de excepción no fueron puestos en libertad bajo fianza.

El estado de excepción aumentó de 3 días a 15 el número de días que un sospechoso podía permanecer detenido antes de ser acusado formalmente en el tribunal. Esto, además del fuerte aumento en el número de detenidos, abrumó el sistema judicial.  Para procesar el aumento, los jueces celebraron audiencias masivas de prisión preventiva de hasta 300 detenidos al mismo tiempo.  Los defensores públicos encargados de representar a los detenidos denunciaron sentirse abrumados a medida que su carga de casos aumentaba de 50 casos por mes a 95 casos por día.  Un defensor público dijo al periódico digital El Faro que era casi imposible montar una defensa efectiva y que no había podido obtener una alternativa a la prisión preventiva en ninguno de sus casos.

El estado de excepción permitió que los detenidos permanecieran detenidos durante los primeros 15 días sin notificar a los familiares, y los medios de comunicación locales informaron que incluso después de 15 días, algunas familias no recibieron información.  Los familiares de los detenidos con frecuencia esperaron durante días en grandes campamentos temporales fuera de las prisiones con la esperanza de recibir información sobre la ubicación y el estado del detenido.

Detención arbitraria:  Al 27 de julio, la PDDH reportó 283 denuncias de detención arbitraria o ilegal, en comparación con 25 de enero a agosto de 2021.  Del total, 247 fueron detenciones por agentes de policía y 36 por soldados.

Las entidades de la sociedad civil también recibieron denuncias del público sobre detenciones arbitrarias durante el estado de excepción.  Hasta agosto, el OUDH recibió informes de 1,673 casos de detenciones arbitrarias y Cristosal informó que hasta el 28 de noviembre había recibido 3,139 denuncias de personas privadas de sus derechos durante el estado de excepción, de las cuales el 97 por ciento involucró detenciones arbitrarias.  Los motivos específicos de las denuncias que se señalaron con mayor frecuencia fueron que no se notificaron a los detenidos las razones de su detención, no se les presentó una orden de detención y no se les dio información sobre dónde o cuándo tendrían una audiencia judicial inicial.  Sin embargo, los funcionarios del gobierno afirmaron que las detenciones en virtud del estado de excepción no eran arbitrarias.  Aseveraron que el gobierno tenía una base de datos de más de 76,000 pandilleros conocidos y que los arrestos se habían basado en gran medida en esa base de datos u otra inteligencia creíble de que el sospechoso era pandillero.

En los primeros meses del estado de excepción, la policía y el ejército allanaron barrios rurales y de bajos ingresos y llevaron a cabo arrestos masivos.  Fuentes de noticias locales y grupos de derechos humanos afirmaron que las fuerzas de seguridad detenían con frecuencia a personas por pertenecer a pandillas basándose únicamente en denuncias anónimas a través de una línea directa del gobierno, por tener tatuajes o por tener algún contacto previo con el sistema de justicia penal.   El Faro obtuvo acceso a los registros judiciales de 690 personas arrestadas bajo el estado de excepción por pertenencia a pandillas y descubrió que 60 fueron arrestadas por criterios ambiguos como tener una “apariencia sospechosa” o estar nervioso.

El Movimiento Salvadoreño de Trabajadores de la Policía, un sindicato policial, recibió más de 20 denuncias por parte de policías de haber sido presionados para dar falso testimonio para incriminar a los detenidos y alcanzar una cuota diaria de arrestos. El sindicato también documentó 50 casos en los que los agentes se negaron a realizar arrestos porque los consideraban arbitrarios.  El 10 de junio, el fundador del sindicato fue arrestado y retenido durante cuatro días acusado de “apología del delito”, lo cual otros miembros del sindicato denunciaron como represalia por parte de la dirección policial por sus denuncias públicas (véase la sección 7.d.).  Todos los cargos en su contra fueron finalmente retirados.

Detención preventiva: La detención preventiva prolongada fue un problema importante, exacerbado por el estado de excepción.  Los cierres debido a la pandemia de COVID-19 ya habían retrasado gravemente las fechas de los juicios y las audiencias, y el fuerte aumento de casos durante el estado de excepción los retrasó aún más. En noviembre, la Fiscalía General de la República informó que, de las más de 57,000 personas detenidas en virtud del estado de excepción, aproximadamente 2,000 habían sido puestas en libertad. La Prensa Gráfica informó que el 26 de octubre, la Fiscalía General de la República había presentado oficialmente cargos contra 50,197 de los detenidos.

El sistema judicial tardó en responder a las peticiones de hábeas corpus presentadas por quienes impugnaban su detención en virtud del estado de excepción.  La ONG Oficina de Asesoría Legal Anticorrupción informó que se habían presentado 1,825 peticiones de hábeas corpus ante la Corte Suprema de Justicia desde el inicio del estado de excepción hasta el 28 de agosto.  De estos, sólo a ocho se les había dado respuesta.

e. Denegación de un juicio público justo

Aunque la Constitución prevé un poder judicial independiente, el gobierno no respetó la independencia judicial y trató de aumentar el control del poder judicial.

La legislación aprobada en agosto de 2021 obligó a todos los jueces mayores de 60 años o con 30 años de experiencia a jubilarse, otorgando a la Corte Suprema designada por Bukele el derecho de nombrar a sus reemplazos.  Anteriormente, en mayo de 2021, la Asamblea Legislativa había destituido a los cinco magistrados de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia y los había reemplazado por jueces leales al gobierno de Bukele.  La medida fue ampliamente criticada por grupos de derechos humanos y expertos legales como inconstitucional. Muchos expertos en temas legales vieron estos actos como pasos para consolidar aún más el control del poder ejecutivo sobre el poder judicial nominalmente independiente.

Al 31 de agosto, la PDDH recibió 112 denuncias por falta de un juicio público justo, en comparación con 65 denuncias de este tipo entre enero y agosto de 2021.

Procedimientos judiciales

La ley establece el derecho a un juicio público y justo, pero el estado de excepción suspendió partes de estos derechos. Por ejemplo, se suspendió el derecho a ser informado sin demora sobre los cargos y no siempre se respetaron otros derechos.

La ley permite que los juicios por cargos de pertenencia a pandillas procedan sin la presencia física de los acusados, pero con la participación del abogado defensor en persona.  En los juicios virtuales a menudo hubo audiencias grupales ante un juez, con abogados defensores en la sala del tribunal, pero los acusados comparecían por video, sin poder consultar con sus abogados defensores en tiempo real.  Esta práctica continuó con las detenciones del estado de excepción, con muchos acusados juzgados virtualmente en masa, sin poder oír los procedimientos debido a problemas técnicos, complicados por el número de participantes.

Según el OUDH, la demanda de defensores públicos superó la capacidad de la Procuraduría. Dado que muchas audiencias judiciales durante el estado de excepción ocurrieron en masa con cientos de acusados al mismo tiempo, el acusado no pudo ejercer adecuadamente el derecho a la defensa.  Como resultado, incluso si la Fiscalía General de la República no proporcionaba pruebas suficientes que demostraran que los acusados estaban afiliados a una pandilla, los jueces ordenaron que los acusados permanecieran detenidos durante seis meses.

En una declaración del 3 de junio sobre el estado de excepción, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recordó al gobierno su “obligación internacional de asegurar las garantías judiciales, el debido proceso y el acceso a un recurso para el respeto de los derechos y libertades cuya suspensión no esté autorizada por las normas internacionales relativas a derechos humanos”. La comisión condenó la práctica de celebrar audiencias judiciales para hasta 500 personas simultáneamente, sin permitir a los acusados defender sus casos individuales.  Asimismo, la comisión informó que la Procuraduría General de la República no tenía capacidad para atender todos los casos de su competencia.

Los expertos jurídicos identificaron problemas generales con el sistema legal fuera del estado de excepción, señalando una dependencia excesiva del testimonio de los testigos, en vez del uso de pruebas forenses u otras pruebas científicas.

Presos y detenidos políticos

Hubo informes de detenidos políticos. Los medios cuestionaron la legitimidad de las detenciones. Por lo general, los detenidos eran sometidos a las mismas duras condiciones carcelarias que los condenados.  Sólo un detenido político recibió visitas de su familia.

Desde noviembre, Ernesto Muyshondt, exalcalde de San Salvador y destacado político de la oposición permaneció detenido tras su detención en junio de 2021 a la espera de la conclusión de las investigaciones y a la espera de juicio; no hubo establecimiento de fecha para su juicio. En enero, Muyshondt presentó una denuncia ante los tribunales afirmando que sus derechos habían sido violados por dos guardias penitenciarios.  El 6 de junio, el Juzgado Octavo de Instrucción de San Salvador rechazó una solicitud de arresto domiciliario, que había hecho por problemas de salud.  Muyshondt dijo a los medios que estuvo cerca de la muerte tres veces durante su detención y que se recuperó solo cuando los funcionarios de la prisión lo llevaron a un hospital externo.  También dijo que mientras estaba encarcelado, fue golpeado, atado y fotografiado semi desnudo y mientras dormía.  Muyshondt fue detenido por apropiación indebida de retenciones fiscales en perjuicio de la Hacienda Pública cuando fue alcalde y también por fraude electoral y asociaciones ilícitas por presuntamente negociar con pandillas a cambio de votos durante las elecciones legislativas de 2015.

Tres exfuncionarios del partido Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional, acusados en julio de 2021 de lavado de dinero y enriquecimiento ilícito, permanecieron detenidos.  Los defensores de los tres afirmaron que fueron detenidos por razones políticas, mientras que el gobierno afirmó que los cargos contra ellos eran legítimos.  Continuaron las investigaciones por este caso.

Procedimientos y recursos judiciales civiles

La ley permite a los litigantes presentar demandas civiles en busca de daños y perjuicios por abusos contra los derechos humanos, así como el cese de estos.  Por lo general, se ejecutaron las órdenes judiciales nacionales, excepto en los casos de presos políticos.  La mayoría de los abogados iniciaron acciones penales y luego solicitaron una indemnización civil.  Sin embargo, los tribunales no fueron suficientemente independientes para proporcionar recursos civiles efectivos en caso de violaciones de los derechos humanos.

f. Interferencia arbitraria o ilegal en la privacidad, la familia, la morada o la correspondencia

La constitución prohíbe tales acciones, pero hubo denuncias de que el gobierno rastreó a periodistas, miembros de ONG y opositores políticos y recopiló información de mensajes privados de sus teléfonos celulares.  El 1 de febrero, la Asamblea Legislativa aprobó una legislación que amplía la capacidad del gobierno para hacerlo.  Bajo el estado de excepción, aumentaron los informes de que las fuerzas de seguridad entraron en moradas sin orden judicial.

El 12 de enero, El Faro publicó los resultados de un análisis realizado por la ONG internacional Citizen Lab y Access Now.  El análisis, certificado por Amnistía Internacional, detalla pruebas concluyentes de que, de septiembre a diciembre de 2021, los iPhones de 35 periodistas y actores de la sociedad civil fueron infiltrados por el software espía Pegasus creado por NSO Group, una empresa israelí.  Los objetivos incluyeron periodistas que trabajan en los medios de comunicación El Faro, Gato Encerrado, La Prensa Gráfica, Revista Digital, Disruptiva, Diario El Mundo, El Diario de Hoy, y personal de varias ONG, incluidas Fundación DTJ y Cristosal. El informe también dijo que los objetivos permanecieron bajo vigilancia digital constante desde al menos el 29 de junio de 2020 hasta el 23 de noviembre de 2021. Dos tercios del personal de El Faro fueron vigilados con el software espía, esto ocurrió durante el período en que trabajaron en eventos importantes en la política nacional en 2020 y 2021. El análisis también descubrió evidencia concluyente de extracciones de información de teléfonos celulares de 11 empleados de El Faro.  Los expertos dijeron que Pegasus permite la extracción de cualquier cosa almacenada en un teléfono móvil, incluyendo fotografías, conversaciones, archivos de audio y contactos.  El informe no descartó el robo de información de otras marcas de teléfonos celulares.

El 16 de marzo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos llevó a cabo una audiencia sobre los hackeos del software espía Pegasus en el país, calificándolos de “deterioro vertiginoso de la libertad de prensa”.  Además de la investigación de Citizen Lab y Access Now, varios representantes de otros medios de comunicación y ONG informaron haber recibido advertencias de Apple de que sus teléfonos podrían haber sido penetrados por Pegasus, lo que indica que el espionaje probablemente fue más allá de los periodistas de El Faro.  NSO Group confirmó que otorga licencia del software Pegasus solo a los gobiernos nacionales.

El 1 de febrero, la Asamblea Legislativa aprobó cinco reformas al código penal en materia de delitos informáticos. Dichas reformas autorizan a la Fiscalía General de la República a realizar  “operaciones digitales encubiertas que sean necesarias” sin orden judicial; establecer “agentes encubiertos digitales” para vigilar “documentos digitales, mensajes electrónicos, imágenes, videos, datos y cualquier tipo de información  que se reciba o transmita a través de las tecnologías de información y comunicación o a través de cualquier dispositivo electrónico”; y a realizar escuchas telefónicas en investigaciones penales o civiles sin mencionar restricciones sobre el alcance o la duración de la vigilancia y sin supervisión.  La Sociedad Interamericana de Prensa condenó las reformas, diciendo que tenían “serias implicaciones para la libertad de prensa”, ya que eran “medidas oficiales de represalia contra el periodismo.

El estado de excepción no suspendió formalmente el requisito legal de que la policía obtenga una orden judicial antes de ingresar a una casa.  Sin embargo, el 3 de junio, la Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho informó que de las 170 personas que registraron denuncias sobre el estado de excepción con ellos, el 35 por ciento afirmó que los agentes de la ley ingresaron a sus hogares sin una orden judicial.

Sección 2. Respeto por las libertades civiles

a. Libertad de expresión, inclusive hacia los miembros de la prensa y otros medios de comunicación

La Constitución establece la libertad de expresión incluyendo los miembros de la prensa y otros medios de comunicación, aunque el gobierno aprobó una ley en abril que aumenta la responsabilidad legal de los periodistas que informan sobre pandillas.  La ley permite que el poder ejecutivo utilice el servicio de radiodifusión de emergencia para tomar el control de todas las redes de transmisión y cable temporalmente para televisar programación política.

Libertad de expresión: El 5 de abril, la Asamblea Legislativa reformó el código penal para permitir una pena de prisión de 10 a 15 años para cualquier persona condenada por crear, reproducir o transmitir cualquier contenido visual (textos, imágenes, grafiti u otras formas de expresión visual) que se relacione con pandillas (ver sección 1.f.).  El gobierno afirmó que la legislación estaba diseñada para evitar que las personas transmitieran mensajes de pandillas al público y señaló que ningún periodista había sido arrestado bajo la ley; sin embargo, los medios de comunicación y las ONG señalaron que ésta efectivamente prohíbe informar sobre temas relacionados con pandillas.

El 28 de agosto, Luis Alexander Rivas Samayoa, también conocido por su cuenta de Twitter “El Comisionado”, fue arrestado después de que cuestionara el uso de la escolta presidencial por el hermano del presidente.  Karim Bukele se encontraba haciendo turismo en una playa acompañado de la escolta presidencial cuando Rivas Samayoa publicó una fotografía de la escolta de seguridad y sus críticas hacia esto. Agentes de la División de Protección a Personalidades Importantes abordaron a Rivas Samayoa después de que publicara el tweet, incautaron su teléfono celular y los de su familia y los llevaron a una delegación de policía para esperar la inspección de sus teléfonos y allí Rivas Samayoa fue arrestado.  Su colega, Mario Gómez, dijo que Rivas Samayoa era culpable solo de cuestionar el uso de recursos del gobierno para proteger a un familiar del presidente y agregó que estaba trabajando con Rivas Samayoa y medios internacionales para monitorear estafas a través de la aplicación bitcoin Chivo Wallet del gobierno.  Después de ser liberado el 5 de septiembre, Rivas Samayoa fue arrestado de nuevo inmediatamente por diferentes cargos, que la policía no especificó.  Desde noviembre, Rivas Samayoa permaneció en la cárcel en espera de juicio.

Violencia y acoso: Hasta agosto, la PDDH informó que dos periodistas habían presentado denuncias de violencia u hostigamiento.  El 3 de mayo, APES publicó un informe que detalla el acoso y las restricciones que enfrentaron los periodistas.  De enero a abril, el Centro para el Monitoreo de Ataques contra Periodistas de APES registró 39 casos de periodistas que denunciaron acoso, amenazas y ataques digitales. El centro de monitoreo informó que los periodistas enfrentaron desplazamiento forzado debido a la persecución, la difamación y la falta de garantías de seguridad por parte de las instituciones gubernamentales.

El 19 de abril, Ernesto Castro, presidente de la Asamblea Legislativa, denunció a Juan Martínez, antropólogo y periodista que cubre la violencia de pandillas, durante una sesión televisada de la Asamblea Legislativa.  Castro declaró que Martínez “confesó que pasó un año viviendo con ellos (pandilleros) y se sintió seguro.  Y ahora que están encarcelando a terroristas, se siente inseguro en este país”.

El 29 de marzo, un fotoperiodista del periódico El Diario de Hoy fue detenido tras fotografiar una instalación de la fuerza aérea en la Colonia Santa Lucía, Ilopango.  Los soldados lo obligaron a arrodillarse en el suelo, lo sujetaron y lo obligaron a borrar fotografías de su cámara.  Según el fotoperiodista, los soldados lo sujetaron a pesar de que se identificó y presentó sus credenciales de prensa.

El 15 de agosto, El País, periódico español, publicó un artículo en el que un periodista salvadoreño, Bryan Avelar, dijo que solicitó asilo en México después de que personas cercanas al presidente Bukele lo acusaran de tener un hermano en una pandilla.  Avelar dijo que no tenía hermanos y creía que los leales a Bukele difundieron rumores sobre él para retratarlo como un criminal afiliado a una pandilla en lugar de un periodista.  Abandonó el país porque temía que los funcionarios estuvieran preparando una orden de detención.

Censura o restricciones de contenido para miembros de la prensa y otros medios, incluidos los medios en línea: Las reformas al código penal aprobadas el 5 de abril prohíben específicamente que la radio, la televisión y los medios de comunicación impresos y digitales reproduzcan o transmitan mensajes o declaraciones originados o presumiblemente originados en grupos criminales.  La legislación impone penas de prisión de hasta 15 años.  Marcela Pineda, legisladora del partido gobernante Nuevas Ideas, declaró que los periodistas que entrevistan a pandilleros estarían cometiendo un delito y que se consideraría que los periodistas actúan como voceros de las pandillas al transmitir su mensaje y permitirles “generar terrorismo en la población”.  Las organizaciones locales e internacionales de libertad de prensa criticaron la ley y dijeron que esta equivalía a censura de medios.  La Asociación de Periodistas de El Salvador (APES) condenó la ley como “una nueva herramienta para criminalizar el periodismo”.  El Comité para la Protección de los Periodistas dijo que la ley reformada “sienta un precedente verdaderamente peligroso”.

El 18 de octubre, APES informó que 10 periodistas habían huido del país.  La directora de la organización citó la ley reformada como un factor determinante detrás de su partida.

Impacto no gubernamental: APES señaló que los periodistas que informaban sobre pandillas y narcotráfico eran objeto de secuestros, amenazas e intimidación por parte de grupos criminales.  Los observadores informaron que las pandillas también cobraron a las compañías de medios impresos por distribuir en las comunidades donde operaban, lo que costó a los medios de comunicación hasta el 20 por ciento de sus ingresos.

Libertad de acceso a Internet

El gobierno no restringió ni interrumpió el acceso al Internet ni censuró el contenido en línea. Hubo informes creíbles de que el gobierno monitoreaba las comunicaciones privadas en línea sin la debida facultad legal.  En un intento de legalizar esta actividad (ver sección 1.f.), el gobierno reformó la ley para tener más autoridad para monitorear el Internet y las plataformas en línea.

b. Libertad de asociación y reunión pacífica

La Constitución establece la libertad de asociación y reunión pacífica, pero estas libertades se suspendieron temporalmente en virtud del estado de excepción. La declaración del 27 de marzo del estado de excepción suspendió el derecho de asociación y reunión pacífica, excepto en el caso de reuniones o asociaciones con fines religiosos, culturales, económicos o deportivos.

El 16 de agosto, el gobierno restableció la libertad de asociación.

Libertad de reunión pacífica

El 28 de abril, el ministro de Trabajo, Rolando Castro, declaró que cualquier persona que participara en la marcha de protesta del Día del Trabajo el 1 de mayo sería encarcelada por violar la prohibición de reunión durante el estado de excepción.  Castro agregó que los participantes de la marcha serían etiquetados como criminales y defensores de pandillas y arrestados. En respuesta a sus comentarios, muchos sindicatos no participaron en la marcha, porque temían que sus miembros fueran arrestados.  Otros optaron por marchar a pesar de las advertencias y a la mayoría se les permitió reunirse pacíficamente a pesar de las advertencias de Castro.

c. Libertad de religión

Véase el Informe sobre Libertad Religiosa Internacional del Departamento de Estado en https://www.state.gov/religiousfreedomreport/.

d. Libertad de circulación y derecho a salir del país

La Constitución establece la libertad de movimiento interno, viajes al extranjero, emigración y repatriación.  En muchas áreas, el gobierno no pudo garantizar la libertad de movimiento debido a la actividad delictiva de pandillas.  Bajo el estado de excepción, las fuerzas de seguridad restringieron el movimiento alrededor y hacia ciertos vecindarios, en su mayoría de bajos ingresos, con un historial de actividad de pandillas.

Movimiento dentro del país: Antes de la implementación del estado de excepción, las principales pandillas controlaban el acceso a sus territorios específicos.  Los pandilleros no permitían que las personas que vivían en el área de otra pandilla ingresaran a su territorio, incluso cuando viajaban en transporte público.  Las pandillas obligaban a las personas a presentar tarjetas de identificación emitidas por el gobierno (que contienen la dirección de una persona) para determinar su residencia.  Si los pandilleros descubrían que una persona vivía en el territorio de una pandilla rival, esa persona corría el riesgo de ser asesinada, golpeada o que se le negara la entrada al territorio.  Las compañías de autobuses pagaron sobornos para operar dentro de los territorios de las pandillas, a menudo pagando numerosas tarifas por las diferentes áreas en las que operaban.  A medida que la actividad de las pandillas disminuyó bajo el estado de excepción, la libertad de movimiento aumentó.

Aunque el texto del decreto del estado de excepción no mencionaba restricciones a la movilidad, el presidente Bukele advirtió un día antes de su aprobación que la medida incluía cierres focalizados y temporales en algunas zonas.  A partir del 28 de marzo, las fuerzas de seguridad regularon la entrada y salida en comunidades de bajos ingresos con un alto nivel de actividad pandilleril. La policía verificaba los documentos de identificación de los residentes y permitía el paso sólo a las personas cuyos documentos demostraran que residían en las comunidades.

e. Protección de los refugiados

El gobierno cooperó con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y otras organizaciones humanitarias para brindar protección y asistencia a los refugiados o solicitantes de asilo, así como a otras personas de interés, aunque esto a menudo era difícil en los vecindarios controlados por pandillas.

Acceso a asilo: La ley prevé la concesión de asilo o la condición de refugiado, y el gobierno ha establecido un sistema para brindar protección a los refugiados, pero tiene importantes lagunas regulatorias y operativas.  La Comisión sobre el Estatus de los Refugiados es responsable de la determinación de la condición de refugiado, pero no tiene su propio presupuesto. El marco legal requiere que las personas con necesidades de protección internacional presenten su solicitud dentro de los cinco días posteriores a su entrada al país.  Los criterios para las decisiones de los casos no están claros, y el proceso de apelación también es decidido por la comisión.

f. Situación y trato de los desplazados internos

El Centro de Monitoreo de Desplazamiento Interno estimó que hubo 175,000 nuevos desplazados internos debido a la violencia en 2021 (datos más recientes disponibles), señalando que las causas incluyeron amenazas, extorsión y asesinatos perpetrados por las pandillas. El centro reportó 550 desplazados internos debido a las inundaciones en 2021.

Sección 3. Libertad de participar en el proceso político

La Constitución otorga a los ciudadanos la posibilidad de elegir su gobierno en elecciones periódicas libres y justas celebradas por votación secreta y basadas en el sufragio universal e igualitario.

Elecciones y participación política

Elecciones recientes: Las elecciones legislativas y municipales más recientes ocurrieron en febrero de 2021.  Nuevas Ideas, el partido afiliado al presidente Bukele, ganó 56 de 84 escaños en la Asamblea Legislativa y 152 de 262 alcaldías.  Las elecciones en general se consideraron libres y justas; los informes electorales publicados por la Organización de Estados Americanos y la misión electoral de la UE señalaron que las elecciones cumplieron en general con las normas internacionales.

Participación de las mujeres y los miembros de grupos minoritarios: No hay leyes que limiten la participación de las mujeres o de los miembros de grupos minoritarios en el proceso político y en efecto, participaron. Sin embargo, algunas personas transgénero informaron dificultades para registrarse para votar y para ejercer el sufragio porque sus identidades de género no coincidían con el establecido en sus documentos de identificación (véase la sección 6, Actos de violencia, criminalización y otros abusos basados en la orientación sexual, la identidad o expresión de género o las características sexuales).

Sección 4. Corrupción y falta de transparencia en el gobierno

La ley prevé sanciones penales para la corrupción por parte de funcionarios.  Aunque la Corte Suprema investigó la corrupción en los poderes ejecutivo y judicial y remitió algunos casos a la fiscalía general para su posible acusación penal, persistieron las denuncias de corrupción e impunidad.  Además, la mayoría de los casos procesados por la Fiscalía General de la República fueron contra exfuncionarios de gobiernos anteriores, a pesar de los informes de corrupción entre los funcionarios en funciones.

Al 22 de julio, el Tribunal de Ética Gubernamental informó que había abierto 148 procedimientos administrativos contra 214 funcionarios públicos.  El tribunal impuso sanciones en 37 casos y remitió 22 casos a la Fiscalía General de la República.

Corrupción: El 17 de mayo, El Faro publicó una entrevista con un vocero de la Mara Salvatrucha-13 (MS-13), quien dijo que el gobierno de Bukele había negociado una tregua secreta con la pandilla al comienzo del mandato de Bukele a cambio de apoyo político.  El Faro también obtuvo grabaciones de conversaciones entre las pandillas y el director de Reconstrucción del Tejido Social, Carlos Marroquín, sobre el presunto acuerdo, en las que también mencionó la participación del presidente Bukele y el director de Centros Penales, Osiris Luna Meza.  Según el portavoz, las pandillas acordaron reducir drásticamente el número de homicidios en el país a cambio de varias demandas, incluyendo la protección del gobierno para ciertos líderes de pandillas contra la extradición a los Estados Unidos, un mejor trato para los pandilleros en prisión y pagos del gobierno.  El portavoz de la MS-13 le dijo al reportero que la tregua terminó en marzo cuando el gobierno arrestó a los líderes de la pandilla después de atraerlos con engaños a una reunión.

El 23 de mayo, el Tribunal de Ética Gubernamental multó a la alcaldesa de Apopa, Jennifer Esmeralda Juárez García, miembro del partido Nuevas Ideas, con $1,095 por contratar a su primo para trabajar en la alcaldía.  En junio, el tribunal multó a la alcaldesa de Antiguo Cuscatlán, Milagro Navas, con $3,000 por autorizar vales de combustible institucional por $5,330 a vehículos privados propiedad de la alcaldesa y su hija en 2017.

El 20 de junio, El Faro informó que dos semanas antes de su nombramiento como Fiscal General, Rodolfo Delgado firmó un acuerdo de servicios de consultoría con el gobierno en nombre de su empresa familiar, propiedad de su madre.  La empresa brindó servicios de consultoría sobre prevención de lavado de dinero a la Compañía de Transmisión de El Salvador, una empresa gubernamental dependiente de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa. Delgado se convirtió en fiscal general el 1 de mayo de 2021 y el contrato permaneció vigente hasta el 22 de diciembre de 2021.  Entre abril y diciembre de 2021, la empresa gubernamental pagó más de $ 45,000 a la madre de Delgado.

El 16 de agosto, el Juzgado Primero de Sentencia condenó a Miguel Menéndez “Mecafé”, ex presidente del centro de convenciones operado por el gobierno y amigo cercano del expresidente Funes, a ocho años de prisión por lavado de dinero.  La Fiscalía General de la República probó que “Mecafé” recibió un avión del empresario guatemalteco Jaime Ramón Aparicio Mejía, propietario de Serdelco S.A., una empresa constructora, a cambio de influir en el gobierno de Funes para adjudicar un contrato de ocho millones de dólares en 2013 a la empresa para el proyecto de construcción del puente San Isidro.

Sección 5. Postura del gobierno respecto a la investigación internacional y no gubernamental de presuntos abusos de los derechos humanos

Diversas asociaciones nacionales e internacionales de derechos humanos generalmente operaron sin restricciones gubernamentales, investigando y publicando sus conclusiones sobre casos de derechos humanos.  Los funcionarios del gobierno cooperaron un poco, pero rara vez respondieron a sus puntos de vista.

El presidente Bukele y sus partidarios hicieron comentarios despectivos sobre grupos nacionales e internacionales de derechos humanos en las redes sociales. Por ejemplo, el 11 de junio, después de que la PNC descubriera con un arsenal de la MS-13 y desmantelara exitosamente un campamento de la pandilla, el presidente Bukele tuiteó que las organizaciones internacionales y las ONG patrocinaron la evolución de las pandillas en grupos guerrilleros y que las organizaciones internacionales y las ONG dieron a las pandillas “cobertura legal, mediática, política y financiera”.

Organismos gubernamentales de derechos humanos: El principal órgano de investigación y monitoreo de derechos humanos es la autónoma PDDH, cuyo defensor del pueblo es nominado por la Asamblea Legislativa por un período de tres años. La PDDH tiene el deber constitucional de investigar los abusos contra los derechos humanos y de defender las convenciones de derechos humanos en el país.  Apolonio Tobar se desempeñó como procurador para la defensa de los derechos humanos de octubre de 2019 hasta octubre de 2022, cuando Raquel Caballero de Guevara fue designada para reemplazarlo.  Según diversas ONG, la PDDH no fue totalmente independiente ni eficaz.

Sección 6. Discriminación y abusos sociales

Mujeres

Violación y violencia intrafamiliar:  La ley penaliza la violación de hombres o mujeres, y la ley puede aplicarse a la violación conyugal, a discreción del juez.  La ley requiere que la Fiscalía procese los casos de violación, ya sea que la víctima presente cargos o no, y no permite que la sobreviviente retire el cargo.  La pena por violación es generalmente de seis a 10 años de prisión.  Estas leyes no se aplicaron efectivamente.

Al 30 de junio, la PDDH había recibido 15 denuncias por feminicidio.  El 19 de agosto, La Prensa Gráfica informó que las condenas por feminicidio disminuyeron a 54 entre el 1 de junio de 2021 y el 31 de mayo de 2022, en comparación con 164 condenas entre el 1 de junio de 2020 y el 31 de mayo de 2021.

En junio, Hugo Ernesto Osorio Chávez, exoficial de la PNC, fue condenado a 70 años de prisión por asesinar a dos mujeres que llegaron a su casa en busca de un familiar en mayo de 2021.  El oficial también fue acusado de numerosos otros feminicidios y otros homicidios después de que la policía encontrara los cuerpos de aproximadamente 40 personas, en su mayoría mujeres y niñas, en su patio en mayo de 2021.

La ley prohíbe la violencia intrafamiliar y generalmente prevé penas que van de uno a tres años de prisión, aunque algunas formas de violencia intrafamiliar conllevan penas más altas. La ley también permite órdenes de alejamiento contra los delincuentes.  La ley contra la violencia intrafamiliar se aplicó de manera deficiente, y la violencia contra la mujer, incluida la violencia intrafamiliar, permanecía un problema generalizado y grave.

En septiembre, la ONG nacional Red Feminista contra la Violencia contra la Mujer informó de que los tribunales habían condenado a sospechosos en solo 712 casos de las 11,867 denuncias de violencia de género presentadas ante la policía en el primer semestre de 2021.  La Red Feminista cree que el alto nivel de violencia de género y las bajas tasas de condena se deben al miedo a los agresores, la normalización de la violencia, la falta de comprensión de los derechos de las víctimas, la impunidad de los agresores y un sistema patriarcal general.

El 1 de agosto, un coronel de las fuerzas armadas fue arrestado por estupro de dos niñas.  El coronel supuestamente llevó a las niñas a su cuartel en el Comando de Apoyo Logístico de las Fuerzas Armadas el 1 de agosto, les dio bebidas embriagantes y tuvo relaciones sexuales con ellas.

El 14 de marzo, la Cámara Segunda de lo Penal de San Salvador condenó al magistrado Eduardo Jaime Escalante Díaz a 10 años de prisión por agredir sexualmente a una niña de 10 años en Ilopango.  El caso fue desestimado inicialmente en 2019, pero la presión pública en las redes sociales resultó en la reapertura del caso.

Acoso sexual:  La ley prohíbe el acoso sexual y establece penas de cinco a ocho años de prisión por el delito.  Los tribunales también pueden imponer multas en los casos en que el autor haya ocupado un puesto de confianza o autoridad sobre la víctima. Por ley, los empleadores deben crear e implementar programas para prevenir el acoso sexual.  El gobierno, sin embargo, no hizo cumplir la ley de manera efectiva.

El 23 de julio, concejales de Guadalupe, San Vicente, presentaron una petición para suspender temporalmente al alcalde, José Ernesto Renderos Pineda, por acoso sexual.  El alcalde, sin embargo, concluyó la sesión antes de que el consejo pudiera votar sobre la petición.  La presunta víctima explicó que comenzó a trabajar en la Alcaldía en mayo de 2021 y el acoso comenzó un mes después.

Derechos reproductivos:  No hubo informes de aborto forzado o esterilización involuntaria por parte de las autoridades gubernamentales.

La ley prohíbe el aborto en todas las circunstancias.  Los defensores de la sociedad civil expresaron su preocupación de que la prohibición condujera al encarcelamiento injusto de mujeres que sufrieron complicaciones graves en el embarazo, incluyendo abortos espontáneos.  El 9 de mayo, un juez sentenció a una mujer a 30 años de prisión por homicidio agravado después de sufrir un aborto espontáneo.  Según el Grupo Ciudadano por la Despenalización del Aborto, la mujer tuvo una emergencia obstétrica pero no recibió atención médica adecuada para prevenir el aborto espontáneo.  La mujer estuvo en prisión preventiva durante dos años antes de ser condenada por aborto.  Esta fue la primera condena en el país después de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos fallara en contra del país en marzo de 2021 por la muerte de otra mujer que murió mientras cumplía una condena de 30 años por aborto. El 29 de junio, una mujer, de 21 años, fue condenada a 50 años de prisión por homicidio agravado después de sufrir una emergencia obstétrica.

El acceso a los servicios de salud sexual y reproductiva se vio obstaculizado por las leyes restrictivas sobre el aborto, la falta de acceso a anticonceptivos y la falta de educación reproductiva.  En diciembre de 2021, los expertos de la ONU señalaron que existía “una práctica sistémica de discriminación contra las mujeres que sufren emergencias obstétricas o pérdidas de embarazo”.  El 21 de julio, la organización Las Dignas presentó los resultados de un estudio sobre el acceso a la anticoncepción realizado en dos distritos rurales.  Encontró que el 20 por ciento de la población estudiada tenía una vida sexual activa pero no usaba anticonceptivos, por razones que incluían condiciones peligrosas o difíciles que impedían viajar a los centros de salud, no tener la autorización parental requerida para que los menores obtuvieran anticonceptivos y falta de disponibilidad de anticonceptivos en los centros de salud.

Discriminación: La Constitución otorga a mujeres y hombres el mismo estatus legal en la familia, la religión, el estatus personal y la ley de nacionalidad. No hubo informes de discriminación en el matrimonio, el divorcio, la custodia de los hijos, la educación y los procesos judiciales. La ley también establece la igualdad de derechos para hombres y mujeres en las esferas de los derechos de propiedad, la herencia, el empleo, el acceso al crédito, la propiedad de empresas y la vivienda. Sin embargo, las mujeres sufrían discriminación en el empleo y la ocupación.  La ley establece penas de uno a tres años de prisión para los funcionarios públicos que nieguen los derechos civiles de una persona por motivos de género y de seis meses a dos años para los empleadores condenados por discriminar a las mujeres en el lugar de trabajo, pero los empleados generalmente no denunciaron tales discriminaciones por temor a represalias del empleador.

Violencia y discriminación sistemáticas por motivos raciales o étnicos

Existen varias leyes para proteger a los miembros de minorías o grupos raciales o étnicos de la violencia y la discriminación.  El gobierno no hizo cumplir las leyes de manera efectiva, y la administración no tomó ninguna medida para implementar una política de 2018 diseñada para centrarse en la inclusión de los grupos étnicos en todos los aspectos sociales y económicos. Existe una discriminación racial sistémica hacia las personas afrodescendientes y los grupos indígenas. El gobierno no reconoció a las personas indígenas y la comunidad afrodescendiente en los últimos censos de población (2007).

Pueblos indígenas

La constitución reconoce a los pueblos indígenas y establece que el gobierno adoptará políticas para mantener y desarrollar la identidad étnica y cultural, la visión del mundo, los valores y la espiritualidad de los pueblos indígenas.  La ley prevé la preservación de las lenguas y los sitios arqueológicos.  Los municipios de Cacaopera y Yucuaiquín, en la parte oriental del país, tienen leyes especiales para reconocer su patrimonio cultural indígena.

Aunque la ley prevé que los grupos indígenas participen en la toma de decisiones sobre cuestiones que afectan sus derechos, no incluye el derecho a ser consultado sobre el desarrollo y otros proyectos previstos en tierras indígenas, ni otorga a los grupos indígenas el derecho a participar de los ingresos de la explotación de los recursos naturales en tierras históricamente indígenas. El gobierno no delimitó ninguna tierra como perteneciente a comunidades indígenas.  Debido a que pocos indígenas poseen títulos de propiedad de la tierra, las oportunidades de préstamos bancarios y otras formas de crédito son limitadas para estos grupos.

El 10 de marzo, miembros del Consejo Coordinador Indígena Salvadoreño dijeron que las relaciones entre las comunidades indígenas y el gobierno se habían deteriorado desde 2019. Señalaron que, si bien el Ministerio de Cultura era responsable de ejecutar un plan nacional de acción para las comunidades indígenas, no había implementado ningún programa enfocado en las comunidades indígenas.  Las comunidades indígenas fueron excluidas del programa del Ministerio de Educación que entregó computadoras a los estudiantes. La mayoría de las comunidades indígenas no tenían acceso a Internet, y algunas no tenían acceso a electricidad. Los representantes del consejo también dijeron que las pandillas extorsionaron una parte de los cultivos de algunas comunidades indígenas o las obligaron a abandonar sus tierras.

El 16 de agosto, la Sala de lo Constitucional admitió una demanda contra la Fiscalía General de la República por no investigar la muerte de tres indígenas durante “La Masacre de 1932”.  El tribunal declaró que la Fiscalía General de la República no tomó las “medidas necesarias para determinar las circunstancias” relacionadas con el caso en los años transcurridos desde que ocurrió el incidente y que la Fiscalía nunca inició una investigación “a pesar de la importancia histórica para el país, ya que involucró la desaparición y muerte de miles de víctimas pertenecientes a los diferentes pueblos indígenas del país. Por el contrario, el tribunal desestimó la demanda del mismo demandante contra las fuerzas armadas en el mismo incidente.

Niños

Registro de nacimiento: Los niños obtienen la nacionalidad por nacimiento dentro del país o por la nacionalidad de sus padres.  La ley requiere que los padres registren a un niño dentro de los 15 días posteriores al nacimiento o de lo contrario, paguen una pequeña multa. La inscripción de los nacimientos se proporciona sobre una base no discriminatoria.  La falta de registro puede resultar en la denegación de la inscripción escolar.

Maltrato infantil: El maltrato infantil siguió siendo un problema grave y generalizado.  La ley otorga a los niños el derecho a presentar peticiones al gobierno sin el consentimiento de los padres.  Las sanciones por abuso infantil incluyen la pérdida de la custodia del niño y de tres a 26 años de prisión, dependiendo de la naturaleza del abuso.

Matrimonio infantil, precoz y forzado:  La edad mínima legal para contraer matrimonio es de 18 años.  La ley prohíbe el matrimonio infantil para evitar que los abusadores de niños eviten el encarcelamiento casándose con sus víctimas menores de edad y la ley también prohíbe las excepciones al matrimonio infantil en los casos en que la niña está embarazada.

Explotación sexual de niños:  La trata infantil con fines sexuales está prohibida por ley.  Las penas estipuladas van de 16 a 20 años de prisión.

La edad mínima para tener relaciones sexuales consentidas es de 18 años.  La ley clasifica el estupro como relaciones sexuales con cualquier persona menor de 18 años e incluye penas de cuatro a 13 años de prisión.

La ley prohíbe pagar a cualquier persona menor de 18 años por servicios sexuales.  La ley prohíbe participar, facilitar o comprar materiales que contengan pornografía infantil y prevé penas de hasta 16 años de prisión.  A pesar de estas disposiciones, la explotación sexual de los niños siguió siendo un problema.  El gobierno no hizo cumplir la ley de manera efectiva.

Niños institucionalizados: En marzo, los legisladores aprobaron reformas al Código Penal de Menores para establecer penas de prisión para menores condenados por delitos graves cometidos mientras pertenecían a pandillas.  Tales delitos incluyen homicidio, extorsión, secuestro, violación, agresión sexual y robo agravado.  El código anterior no aplicaba penas de prisión a menores de 12 a 18 años por cometer delitos graves. Bajo las reformas, los menores de 16 años o más podrían ser sentenciados hasta a 20 años de prisión y los menores de 12 a 15 años podrían enfrentar hasta 10 años de prisión.

El 27 de julio, el Instituto Salvadoreño de Desarrollo Infantil informó que el número de menores de 12 a 17 años detenidos aumentó de 247 en 2021 a 1,373, en gran parte debido a las acciones de control bajo el estado de excepción.

Antisemitismo

La comunidad judía totalizaba aproximadamente 150 personas.  No hubo informes de actos antisemitas.

Trata de Personas

Véase el Informe sobre la trata de personas del Departamento de Estado en https://www.state.gov/trafficking-in-persons-report/.

Actos de violencia, criminalización y otros abusos basados en la orientación sexual, identidad o expresión de género o características sexuales

Criminalización: Las leyes no penalizan la conducta consentida entre adultos del mismo sexo o el travestismo.

Violencia contra las personas LGBTQI+: La violencia contra las personas lesbianas, gay, bisexuales, transgénero, queer e intersexuales (LGBTQI+) fue generalizada.  La ley permite sentencias más altas para delitos cometidos sobre la base del sexo, la identidad de género y la expresión de género, entre otras categorías.

El 17 de mayo, la Asociación Solidaria para Promover el Desarrollo Humano informó que la situación de las mujeres y hombres transgénero empeoró durante el estado de excepción, debido a las fuerzas de seguridad y la violencia de pandillas.  Comcavis Trans informó en agosto que había recibido 20 denuncias de personas transgénero relacionadas al trato que recibieron por parte de las fuerzas de seguridad durante el estado de excepción, incluidas denuncias de detención ilegal, abuso de poder y agresión física.

Discriminación: La discriminación contra las personas LGBTQI+ fue generalizada.  El 4 de febrero, Comcavis Trans y la Organización de Mujeres Salvadoreñas por la Paz presentaron los resultados de un estudio sobre discriminación y violencia contra la comunidad LGBTQI+ reportando que el 65 por ciento de las personas entrevistadas afirmaron haber sido víctimas de discriminación por parte de agentes de seguridad municipal.  Un informe de Human Rights Watch publicado en febrero encontró que las personas transgénero enfrentaban discriminación, con regularidad, en la atención médica, el empleo, la banca y durante el sufragio.

El 26 de abril, la PNC arrestó a Kendra y Dayana, dos mujeres transgénero de Metapán, Santa Ana, como parte de las acciones de cumplimiento de la ley bajo el estado de excepción.  El día de la detención, la policía publicó una fotografía de ellas en Facebook y Twitter en la que ambas fueron identificadas por sus nombres masculinos y con sus torsos expuestos.  La publicación recibió numerosos comentarios anti transgénero. Los hombres transgénero arrestados durante el estado de excepción también informaron que la policía los obligó a exponer sus torsos.

Disponibilidad de reconocimiento legal de género:  El 23 de febrero, la Corte Suprema dictaminó que la discriminación basada en la identidad de género es inconstitucional y le dio a la Asamblea Legislativa un año para crear un procedimiento que permita a las personas transgénero cambiar sus documentos de identidad para reflejar su género. Hasta noviembre, la Asamblea Legislativa no había tomado ninguna medida para crear ese procedimiento.

Prácticas médicas o psicológicas involuntarias o coercitivas dirigidas específicamente a personas LGBTQI +:  No hubo informes de la práctica de la llamada terapia de conversión dirigida a personas LGBTQI +.

Restricciones a la libertad de expresión, asociación o reunión pacífica:  No hubo restricciones a la libertad de expresión o asociación.

El 25 de junio, activistas LGBTQI+ señalaron que la administración Bukele no había proporcionado policías para proteger a los manifestantes durante el desfile del Orgullo en los últimos dos años, aunque el desfile contó con más de 20,000 participantes en una sociedad que en ocasiones ha sido violenta hacia la comunidad LGBTQI +.  La PNC brindó regularmente protección a otras marchas, como parte de su mandato de garantizar el orden público.

Personas con discapacidad

La ley prohíbe la discriminación contra las personas con discapacidades físicas, sensoriales, intelectuales y mentales, pero el gobierno no hizo cumplir estas leyes.  Las personas con discapacidad no tuvieron el mismo nivel de acceso a la educación, a los servicios de salud, los edificios públicos ni al transporte al mismo nivel que los demás.  Las personas con discapacidad sufrieron discriminación en el ámbito laboral y ocupacional. No existió un sistema formal para presentar una denuncia por discriminación debido a la discapacidad.

El Consejo Nacional de Atención Integral a las Personas con Discapacidad (CONAIPD), integrado por representantes de múltiples entidades gubernamentales, es el organismo responsable de proteger los derechos de las personas con discapacidad, pero carece de facultades de aplicación.  Según un representante del CONAIPD, el gobierno no hizo cumplir efectivamente los requisitos legales para el acceso a edificios, información y comunicaciones para las personas con discapacidad.  Se notó la existencia de pocas rampas de acceso o disposiciones para la movilidad de las personas con discapacidad.

Defensores de personas con discapacidad manifestaron que los niños con discapacidades enfrentaron problemas de acceso en la escuela, incluyendo la falta de rampas y otras adaptaciones.  El gobierno proporcionó poco apoyo para que las escuelas incluyeran adaptaciones y había pocos maestros capacitados para enseñar a estudiantes con discapacidades.

El 25 de marzo, la Asociación Sin Límites informó sobre la discriminación que enfrentan los niños con discapacidades en el sistema de educación pública.  Muchas escuelas del país no admiten niños discapacitados debido a la falta de instalaciones adecuadas para dar cabida a las discapacidades.  La ley obliga a las instituciones del sector público a asignar una parte de su presupuesto para garantizar la inclusión de las personas con discapacidad.  Según Sin Límites, el Ministerio de Educación no cumplió con la ley.

Las personas con discapacidad también sufrieron discriminación en el sistema público de salud.  Las mujeres con discapacidades a menudo recibían instrucciones de sus médicos para usar anticonceptivos para evitar tener hijos, creyendo que las mujeres tendrían hijos con discapacidades.

El CONAIPD dijo que no había un mecanismo para verificar el cumplimiento de la ley que exige que las empresas y las agencias no gubernamentales contraten a una persona con discapacidad por cada 25 contrataciones.  El CONAIPD informó que los empleadores con frecuencia despedían a personas que adquirían discapacidades y no consideraron a las personas con discapacidad para el trabajo para el que calificaban.

Otros tipos de violencia o discriminación social

Aunque la ley prohíbe la discriminación basada en el estado de VIH o SIDA, Entre Amigos, una ONG que trabaja en temas relacionados con personas LGBTQI +, informó que la discriminación relacionada con el VIH era generalizada.  Al 30 de junio, la PDDH no había recibido ninguna denuncia por casos de discriminación contra personas con VIH o SIDA.

Sección 7. Derechos de los trabajadores

a. Libertad sindical y derecho a la negociación colectiva

La ley establece el derecho de los trabajadores a formar y afiliarse a sindicatos independientes, a la huelga y a negociar colectivamente, pero el gobierno no hizo cumplir estos derechos.  Los sindicatos experimentaron largas demoras en el procesamiento de sus credenciales con el Ministerio de Trabajo, algunos esperando nueve meses o más.  Sin credenciales, los sindicatos no pueden participar en negociaciones colectivas ni en entidades tripartitas que rigen cuestiones relacionadas con los trabajadores, como el establecimiento de un salario mínimo, la atención médica y la vivienda.  Según informes de los medios de comunicación y representantes sindicales, el ministro de Trabajo recompensó a los sindicatos leales a él y a su partido con credenciales aceleradas y castigó a los sindicatos críticos del gobierno retrasando sus certificaciones.

La ley prohíbe la discriminación antisindical, aunque no exige la reincorporación de los trabajadores despedidos por actividades sindicales.  El personal militar, la policía nacional, los jueces y los funcionarios públicos de alto nivel no pueden formar sindicatos ni afiliarse a ellos.  Los trabajadores de las empresas de seguridad privada no pueden formar sindicatos ni afiliarse a ellos.  El código laboral no cubre a los trabajadores del sector público y municipales, cuyos salarios y condiciones de empleo están regulados por la ley de servicio civil de 1961.  Solo los ciudadanos pueden servir en los comités ejecutivos de los sindicatos.  El código laboral también prohíbe que las personas sean miembros de más de un sindicato.  Los sindicatos deben cumplir con ciertos requisitos para registrarse, incluyendo tener una membresía mínima de 35 personas.  Si el Ministerio de Trabajo niega el registro, la ley prohíbe cualquier intento de organizarse hasta seis meses después de la denegación.

La negociación colectiva está estrictamente regulada. Los sindicatos que representan a menos del 51 por ciento de los trabajadores de una empresa no tienen derecho a negociar, ni siquiera en nombre de sus propios miembros.  Las disposiciones de la ley permiten a cualquiera de las partes en un convenio colectivo, bajo algunas condiciones, tratar de cambiar sus disposiciones después de un año de vigencia.  Los empleados de la mayoría de las instituciones públicas no tienen derecho a negociar colectivamente, y para aquellos que lo hacen, los convenios colectivos están sujetos a la aprobación del ministerio empleador antes de que entren en vigor.

La ley contiene procedimientos engorrosos y complejos para llevar a cabo una huelga legal.  La ley no reconoce el derecho de huelga a los empleados públicos y municipales ni a los trabajadores de servicios esenciales.  La ley no especifica qué servicios se ajustan a esta definición y, por lo tanto, los tribunales aplicaron esta disposición caso por caso. La ley requiere que el 30 por ciento de todos los trabajadores de una empresa apoye una huelga para que sea legal y que el 51 por ciento debe apoyar la huelga antes de que todos los trabajadores estén obligados por la decisión a ser parte de esta.  Los sindicatos sólo pueden hacer huelga para obtener o modificar un convenio colectivo o para proteger los intereses profesionales comunes de los trabajadores. Los sindicatos deben participar en procesos de negociación, mediación y arbitraje antes de hacer huelga, aunque muchos sindicatos a menudo omitieron o aceleraron estos pasos.  Los trabajadores a veces participaban en huelgas que no cumplían con los requisitos legales.  La ley no prevé ninguna forma en que los trabajadores puedan apelar una decisión del gobierno que declare ilegal una huelga.

La ley enumera 30 razones por las cuales un empleador puede rescindir el contrato de un trabajador sin desencadenar responsabilidades adicionales, incluyendo la negligencia constante, la filtración de información privada de la empresa o la comisión de actos inmorales mientras está de servicio. Un empleador puede suspender legalmente a los trabajadores, incluso debido a una recesión económica o condiciones del mercado.  Si un empleador despide ilegalmente a un trabajador, la ley requiere que el empleador pague el equivalente a 30 días de salario básico por cada año de servicio, en lugar de exigir de que estos sean reinstalados.  El gobierno no aplicó efectivamente las leyes sobre libertad sindical y derecho a la negociación colectiva, y las sanciones no fueron proporcionales a las de otras leyes que implicaron la denegación de derechos civiles, como la discriminación.  Rara vez se aplicaron sanciones contra los infractores.  Los procedimientos judiciales estuvieron sujetos a largas demoras y apelaciones. Según los representantes sindicales, el gobierno aplicó inconsistentemente los derechos laborales de una amplia gama de trabajadores y la aplicación dependió de las afiliaciones políticas de sus sindicatos.  Los sindicatos informaron que sus miembros se enfrentaron con frecuencia a actos o amenazas de violencia y que no se disponía de recursos jurídicos viables contra esa violencia. La actividad de las pandillas dificultó que los trabajadores, que seguían siendo hostigados y expuestos a la violencia, ejercieran libremente sus actividades sindicales.

Aunque muchos sindicatos estaban alineados con los partidos políticos, funcionaron independientemente del gobierno y los partidos políticos.

El 28 de abril, el ministro de Trabajo declaró que consideraría que cualquier manifestante que participara en la marcha del del Día del Trabajo defendía a los pandilleros. En el evento, las manifestaciones fueron en gran medida pacíficas y sin arrestos (véase la sección 2.b., Libertad de reunión).

b. Prohibición del trabajo forzoso u obligatorio

La ley prohíbe todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio.  En general, el gobierno no hizo cumplir efectivamente tales leyes.  El Ministerio de Trabajo no compartió datos sobre el trabajo forzoso.  Niños y adultos fueron expuestos a la mendicidad forzada, el trabajo doméstico, el trabajo agrícola, la construcción, la industria textil y el trabajo callejero.  Los adultos de los países vecinos se vieron obligados a trabajar en la construcción, el trabajo doméstico y otros trabajos del sector informal, a veces bajo amenaza de violencia física. Las pandillas sometieron a niños a trabajos forzados en actividades ilícitas, incluyendo la venta o el transporte de drogas y la comisión de homicidios.

Consulte también el Informe sobre la trata de personas del Departamento de Estado en https://www.state.gov/trafficking-in-persons-report/.

c. Prohibición del trabajo infantil y edad mínima para el empleo

Vea los hallazgos del Departamento de Trabajo sobre las peores formas de trabajo infantil en https://www.dol.gov/agencies/ilab/resources/reports/child-labor/findings/.

d. Discriminación con respecto al empleo y la ocupación

La constitución, las leyes laborales y las regulaciones estatales prohíben la discriminación debido a la edad, raza, color, sexo, religión, opinión política, origen nacional (excepto en casos determinados para proteger a los trabajadores locales), origen social, género, discapacidad, idioma o estado VIH positivo.  El gobierno no hizo cumplir efectivamente las leyes y reglamentos, y las sanciones no fueron proporcionales a las leyes relacionadas con los derechos civiles, como la interferencia electoral.   A veces se aplican sanciones a los infractores.  Aunque la Corte Suprema de Justicia dictaminó que la identidad de género era una clase protegida, el gobierno no hizo cumplir esto.

La discriminación en el empleo y la ocupación se produjo por motivos de edad, género, discapacidad y orientación sexual o identidad de género (véase la sección 6).  Según el Ministerio de Trabajo, los trabajadores migrantes tienen los mismos derechos que los ciudadanos, pero el ministerio no protegió eficazmente sus derechos.

La ley prohíbe establecer un límite de edad superior para las solicitudes de empleo, usar la edad como causa para despedir a un empleado u obligar a un empleado a jubilarse debido a la edad.  La ley no se hizo cumplir.

Aunque la ley establece la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres, las mujeres no reciben la misma remuneración.  En julio de 2021, las Naciones Unidas informaron que las mujeres ganaban un 18 por ciento menos que los hombres en los mismos trabajos.

Las personas con discapacidad sufrieron discriminación en el empleo y la ocupación (véase la sección 6).  El 7 de marzo, la Fundación Red de Sobrevivientes y Personas con Discapacidad dijo que las mujeres con discapacidad enfrentaban discriminación cuando buscaban empleo en instituciones públicas, incluso a través del Programa de Colocación Laboral del Ministerio de Trabajo.  La fundación destacó que la Ley Especial sobre Inclusión de Personas con Discapacidad nunca se implementó ni se hizo cumplir.  La Asociación de Mujeres Ciegas agregó que las empresas prefieren pagar multas en lugar de emplear trabajadores con discapacidades.

Aunque la ley prohíbe obligar a un empleado a jubilarse por la edad, el 11 de mayo, la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Especial para la Jubilación y Concesión de Compensación Económica, que proporciona una compensación económica a los empleados de 60 años o más de la Policía Nacional Civil y la Academia Nacional de Seguridad Pública que fueron obligados a jubilarse en marzo por orden del ministro de seguridad. El ministro firmó la orden el 30 de marzo, y los empleados se vieron obligados a retirarse al día siguiente, sin compensación. La orden afectó a aproximadamente 3,000 trabajadores de diversos organismos encargados de hacer cumplir la ley.

e. Condiciones aceptables de trabajo

Leyes de salarios y horas:  El gobierno establece el salario mínimo, que varía según el sector; todos estuvieron por encima de los niveles de ingresos de pobreza.  El Ministerio de Trabajo es responsable de hacer cumplir las leyes de salarios y horas.  La ley establece una semana laboral normal máxima de 44 horas, limitada a no más de seis días por semana y a no más de ocho horas por día, pero permite las horas extras, que deben pagarse al doble del salario por hora habitual.  La ley exige que los empleados de tiempo completo reciban un pago por un día de descanso de ocho horas, además de la semana laboral normal de 44 horas.  La ley establece que los empleadores paguen doble tiempo por el trabajo en las vacaciones anuales designadas, un bono de Navidad según el tiempo de servicio del empleado y 15 días de vacaciones anuales pagadas.  La ley prohíbe las horas extraordinarias obligatorias para todos los trabajadores que no sean empleados domésticos, como sirvientas y jardineros, que están obligados a trabajar en días festivos si su empleador lo solicita.  En tales casos, tienen derecho a una doble remuneración.

Seguridad y salud en el trabajo:  El Ministerio de Trabajo es responsable de establecer y hacer cumplir las normas de seguridad y salud en el trabajo (SST) y la ley establece un comité tripartito para revisar estas normas.  La ley exige que los empleadores tomen medidas para cumplir con los requisitos de SST en el lugar de trabajo, incluyendo el suministro de equipo y capacitación adecuados y un entorno libre de violencia.  La ley promueve la sensibilización sobre seguridad en el trabajo, la capacitación y la participación de los trabajadores en asuntos de SST.  Las leyes fueron apropiadas para las principales industrias.

En algunos casos, el alto índice de criminalidad del país socavó las condiciones aceptables de trabajo, así como la salud psicológica y física de los trabajadores.  Algunos trabajadores, como conductores de autobuses, cobradores de facturas, mensajeros y maestros en áreas de alto riesgo, denunciaron haber sido objeto de extorsión y amenazas de muerte por parte de pandilleros. Los informes disminuyeron tras el advenimiento del estado de excepción.

Los trabajadores pueden retirarse legalmente de situaciones que pongan en peligro la salud o la seguridad sin poner en peligro su empleo. Un agente de policía denunció haber sido detenido debido a las denuncias que había presentado en relación con las condiciones de trabajo en virtud del estado de excepción.  El 10 de junio, Jorge Alberto Vásquez Panameño, uno de los fundadores del Movimiento de Trabajadores Policiales, fue convocado a una reunión donde la Comisión de Asuntos Internos de la PNC y el director de la PNC, Mauricio Arriaza Chicas, esperaban para llevar a cabo su detención.  Le dijeron que su arresto fue porque compartió imágenes en WhatsApp del agotamiento experimentado por los agentes de policía durante el estado de excepción.  Los representantes sindicales de la policía afirmaron que fue detenido en represalia por denunciar los abusos sufridos por los agentes de la PNC, como la suspensión del tiempo libre, la falta de pago, la insuficiencia de suministros para realizar el trabajo y el retiro forzado de oficiales de 60 años o más.  Fue liberado cuatro días después, y todos los cargos fueron retirados.

Cumplimiento de salarios, horas y SST:  El gobierno no hizo cumplir adecuadamente las leyes y regulaciones de salarios, horas o SST.  Las penas no fueron proporcionales a las de delitos similares, como el fraude, y no se aplicaron sistemáticamente contra los infractores. Según los informes, algunas empresas consideraron más rentable pagar multas que cumplir con la ley.

El gobierno capacitó a los inspectores sobre las normas legales. El número de inspectores fue insuficiente para disuadir las violaciones.  Los inspectores no contaron con autoridad para iniciar inspecciones o sanciones sin previo aviso.  Las inspecciones se programaban de acuerdo con un calendario establecido por la Dirección de Inspecciones o para verificar una queja, y los inspectores de trabajo notificaron a las empresas antes de su llegada.  Continuaron las denuncias de corrupción entre los inspectores de trabajo.

El Ministerio de Trabajo recibió quejas sobre la falta de pago de horas extra, violaciones del salario mínimo, impagos y retención ilegal de prestaciones (incluidos los fondos de seguridad social y pensiones).  En varios sectores se recibieron informes de horas extra y violaciones salariales.  Según el ministerio, los empleadores del sector agrícola violaron sistemáticamente las leyes que exigían bonificaciones anuales, días de vacaciones y días de descanso.  Las mujeres en el servicio doméstico sufrieron explotación, maltrato, abuso verbal, amenazas, acoso sexual y, en general, malas condiciones de trabajo. Según los informes, los trabajadores de la industria textil experimentaron violaciones a las leyes de salarios, horas y seguridad. Según la Asociación Comcavis Trans, ciertas empresas de indumentaria violaron los derechos de las mujeres a través de violaciones de salud ocupacional y horas extras no pagadas.

Sector informal: El sector informal representó casi el 75 por ciento de la economía.  Los trabajadores del sector informal, incluidos los niños, no fueron protegidos por las leyes laborales, y sus lugares de trabajo no fueron inspeccionados por el Ministerio de Trabajo.