El Salvador (Nivel 2)
El Gobierno de El Salvador no cumple plenamente las normas mínimas para la eliminación de la trata de personas; no obstante, está realizando labores considerables para lograrlo y, de hecho, demostró un incremento de sus esfuerzos en comparación con el período del informe anterior si tomamos en cuenta las repercusiones de la pandemia de la COVID-19 en sus iniciativas contra la trata. Por lo tanto, el país permanece en el Nivel 2. Entre dichos esfuerzos cabe mencionar un aumento considerable de nuevos enjuiciamientos y de las investigaciones relativas al trabajo forzoso. El gobierno coordinó con las ONG la asistencia brindada a la mayoría de las víctimas identificadas; no obstante, no cumplió las normas mínimas en varios ámbitos clave e identificó y prestó asistencia a un número considerablemente menor de víctimas que el año anterior. Únicamente dos de las 23 víctimas menores de edad identificadas recibieron atención en un albergue público. El gobierno no implementó procedimientos para identificar a las posibles víctimas de la trata entre los menores detenidos por realizar actividades ilícitas vinculadas a las pandillas y redujo la capacitación impartida a los funcionarios públicos en materia de lucha contra la trata. Además, no inició ninguna investigación, enjuiciamiento o condena de funcionarios públicos por su participación en la trata de personas, ni informó sobre los avances en las investigaciones de años anteriores.
RECOMENDACIONES PRINCIPALES:
Aumentar los servicios especializados para víctimas de la trata, inclusive albergues y acceso a servicios para víctimas adultas, menores de sexo masculino y personas LGBTQI+. • Crear e implementar procedimientos para identificar de forma activa a las víctimas en los grupos vulnerables, como las personas dedicadas al sexo con fines comerciales, los niños detenidos por realizar actividades ilícitas vinculadas a las pandillas y los migrantes irregulares que regresan a El Salvador, y remitirlos a los proveedores de servicios para que reciban asistencia. • Aumentar e institucionalizar la capacitación de agentes de policía, fiscales y jueces en materia de lucha contra la trata de personas, con un énfasis en la aplicación de procedimientos centrados en las víctimas y sus traumas. • Redoblar esfuerzos para investigar, enjuiciar y condenar a los tratantes, entre ellos a los funcionarios cómplices, y otorgar resarcimiento a las víctimas. • Prestar servicios de reintegración que contribuyan al bienestar de las víctimas a largo plazo y prorrogar los servicios de protección a los testigos más allá de la duración de un juicio, sobre todo para las víctimas que prestan testimonio contra miembros de la delincuencia organizada. • Modificar la ley de 2014 contra la trata e incluir una definición de trata de personas congruente con el derecho internacional. • Generar y asignar recursos a un nuevo plan de acción nacional para combatir la trata. • Elaborar un sistema de gestión de casos para mejorar la obtención de datos relativos a los casos de trata, su intercambio, seguridad y análisis. • Ampliar las medidas de prevención, entre otras, mediante la concientización sobre el reclutamiento laboral fraudulento en El Salvador y en el extranjero, y la aplicación de leyes contra las prácticas laborales ilícitas que facilitan la trata.
ENJUICIAMIENTO
El gobierno mantuvo sus labores en materia de aplicación de la ley. La Ley Especial contra la Trata de Personas de 2014 tipifica como delitos la trata con fines de explotación sexual y el trabajo forzoso e impone penas de 10 a 14 años de prisión. Estas penas eran suficientemente severas y, en lo que respecta a la trata sexual, acordes con las prescritas para otros delitos graves, como la violación. Apartándose de la definición de trata que aparece en el derecho internacional, la ley considera el uso de la fuerza, el fraude o la coacción como un factor agravante en vez de un elemento esencial del delito y las penas aumentan a entre 16 y 20 años de prisión para los delitos de trata que presentan esos factores. En la ley se define la trata de personas en líneas generales y abarca la adopción fraudulenta sin fines de explotación. Asimismo, el gobierno invocó otras partes del código penal para enjuiciar los delitos de trata.
En 2020, la policía investigó 30 presuntos casos de trata (16 casos de trata con fines de explotación sexual, cinco casos de trabajo forzoso y nueve casos indeterminados), en comparación con 80 casos investigados en 2019 y 74 casos en 2018. A pesar de la reducción general de las investigaciones, se produjo un aumento del número de casos de trabajo forzoso investigados en comparación con los años anteriores. Al menos un caso en el que se detuvo a 10 sospechosos en noviembre de 2020, implicaba delitos de trata con fines de explotación sexual de menores vinculados a las pandillas; sin embargo, las autoridades no investigaron a fondo si uno de los sospechosos, que era menor de edad en el momento de los presuntos delitos, podría haber sido una víctima obligada a cometer actos ilícitos. En 2020, las autoridades iniciaron el enjuiciamiento de 39 casos de trata con fines de explotación sexual en los que estaban implicados 31 sospechosos y condenaron a 12 tratantes, en comparación con nueve tratantes enjuiciados y 12 tratantes condenados en 2019, y con nueve casos enjuiciados y siete tratantes condenados en 2018. Las autoridades no iniciaron ningún enjuiciamiento por trata con fines de trabajo forzoso durante el año. El gobierno no informó de sentencias para los tratantes condenados. Las autoridades detuvieron a varios funcionarios y condenaron a un funcionario por delitos de tráfico ilícito de personas que podrían haber aumentado la vulnerabilidad de los migrantes a la trata. No obstante, el gobierno no informó sobre nuevas investigaciones, enjuiciamientos ni condenas de funcionarios cómplices de delitos de trata, ni de avances en las investigaciones de años anteriores. La corrupción y la complicidad, incluso dentro de las fuerzas del orden, el sistema penitenciario y los gobiernos locales, siguieron siendo grandes obstáculos para las actividades de aplicación de la ley contra la trata de personas.
El gobierno contaba con 25 agentes activos en su Unidad Especializada Contra la Trata de Personas y Delitos Conexos y con 15 fiscales especializados en su Unidad Fiscal Especializada Contra Delitos de Tráfico Ilegal y Trata de Personas. Ambas unidades carecían de recursos humanos y materiales suficientes para investigar y enjuiciar eficazmente a los sospechosos en los casos, y la falta de un sistema electrónico de gestión de casos limitaba los esfuerzos para recopilar, compartir y analizar la información policial. No obstante, el gobierno trasladó su unidad fiscal a un edificio que contaba con instalaciones apropiadas para realizar entrevistas, entre ellas un espacio apto para víctimas y testigos menores de edad. Esta unidad especializada suspendió inicialmente las investigaciones y los procesos judiciales durante tres meses en respuesta a la pandemia, y posteriormente modificó sus labores para continuar las investigaciones por teléfono. El gobierno ordenó a la mayor parte de las unidades de la policía dedicadas a la lucha contra la trata que se centraran en las iniciativas de mitigación de la pandemia en lugar de identificar e investigar presuntos casos de trata.
Según observadores, con frecuencia, la Procuraduría General de la República asignaba a distintos fiscales a que se ocuparan de las diferentes fases de una misma causa penal, lo cual entorpecía la capacidad de enjuiciar los casos de manera eficiente y cohesiva y de ofrecer uniformidad de criterio a las víctimas. Según los peritos, la policía a veces interrogaba a las víctimas de manera dura, lo cual las volvía a traumatizar. Estos observadores indicaron que los jueces no comprendían a fondo las leyes contra la trata ni tenían suficiente experiencia en los procesos de presentación de pruebas para los casos de trata, entre ellos el uso de pruebas no testimoniales para corroborar el testimonio de las víctimas. El gobierno no brindó suficiente capacitación a las fuerzas del orden y a los funcionarios de la justicia penal, y dependía principalmente de donantes para el financiamiento de las capacitaciones. La unidad fiscal contra la trata suspendió todas las capacitaciones programadas debido a la pandemia y menos de la mitad de los agentes de la unidad policial especializada había recibido formación sobre aspectos básicos de la trata de personas. El gobierno informó sobre una iniciativa de cooperación indeterminada con Costa Rica, República Dominicana, Guatemala, Honduras, México, Panamá y los Estados Unidos en materia de aplicación de la ley.
PROTECCIÓN
El gobierno disminuyó las labores de identificación y protección de las víctimas. De igual forma, identificó a 37 víctimas, entre ellas 23 menores y 14 adultos, en comparación con 124 víctimas identificadas en 2019 y 53 víctimas en 2018. Las autoridades identificaron a 26 de las víctimas a través de llamadas al número de emergencia 911. La Procuraduría General brindó atención psicológica a 27 víctimas y colaboró con las ONG para proporcionar asistencia financiera para el alojamiento, la alimentación, las necesidades básicas y la inserción laboral de 36 víctimas; en comparación, el gobierno brindó asistencia a 111 víctimas en 2019 y a 50 víctimas en 2018, además de mantener un albergue para víctimas de la trata, que tenía una capacidad para alojar a 12 niñas de 12 a 18 años, y prestar servicios a dos de sus residentes en 2020. Asimismo, dos víctimas fueron repatriadas a Guatemala, y un organismo internacional facilitó la repatriación de otras dos víctimas a Costa Rica.
En el Protocolo de Actuación Interinstitucional para la Atención Integral Inmediata de las Víctimas de Trata de Personas lanzado por el gobierno en 2018 se delinean las funciones y responsabilidades de las instituciones públicas en respuesta a las víctimas de la trata de personas. Los agentes migratorios contaban con un manual para la identificación de posibles víctimas de la trata en las zonas fronterizas. No obstante, el gobierno carecía de procedimientos formales para identificar a las víctimas de la trata en los grupos más vulnerables, como las personas dedicadas al sexo con fines comerciales y los niños detenidos por realizar actividades vinculadas a las pandillas. Asimismo, impartió capacitación sobre la identificación de víctimas a los funcionarios encargados de recibir a los migrantes retornados, además de una sesión sobre conceptos básicos de la trata de personas a los funcionarios y residentes del albergue público, en tanto que un organismo internacional impartió una capacitación virtual a 335 funcionarios de las fuerzas del orden de primera línea en las zonas fronterizas en materia de identificación e investigación de presuntos casos de trata. Según indicaron algunos peritos locales, la policía, los agentes migratorios y otros socorristas no recibieron capacitación adecuada para identificar, interactuar y proteger debidamente a las víctimas, dado que a menudo se las confundía con los delincuentes y hasta se las sancionaba por los delitos que sus tratantes les obligaban a cometer. La Dirección General de Migración y Extranjería trasladó a los dos funcionarios de su unidad de lucha contra la trata al centro de recepción de migrantes para mejorar su capacidad de identificar a las posibles víctimas de la trata entre los migrantes retornados y remitirlas a los proveedores de servicios, algunos de los cuales compartían las instalaciones del centro de recepción. El centro cerró temporalmente en 2020 debido a la pandemia y reanudó sus operaciones en enero de 2021. En diciembre de 2020, el Ministerio de Trabajo efectuó una serie de registros en bares, discotecas y restaurantes de San Salvador para identificar a las víctimas de la trata de menores. Esta labor no logró identificar a ninguna víctima, y dicho ministerio tampoco trabajó en coordinación con las fuerzas del orden ni con los organismos de servicios sociales, a pesar de que existía la posibilidad de encontrar víctimas de delincuencia de menores. A diferencia del año pasado, los inspectores de trabajo no recibieron capacitación en materia de trata de personas. En diciembre de 2020, la policía y los agentes migratorios encontraron a cinco ciudadanos cubanos que eran presuntas víctimas de la trata. Los funcionarios no siguieron los procedimientos adecuados para investigar el caso o remitir a estas víctimas a los servicios de protección, y su posterior paradero seguía siendo desconocido.
El gobierno brindaba asistencia limitada a las víctimas. El albergue público tenía un presupuesto de US $167.375, y ofrecía actividades educativas y recreativas, atención psicosocial y materiales de protección para prevenir el contagio de la COVID-19 entre sus residentes. No había albergues para víctimas de la trata que aceptaran adultos, niños varones o personas LGBTQI+ de cualquier edad o sexo, y el acceso a los servicios del gobierno para estos grupos seguía siendo prácticamente inexistente. El gobierno ofrecía pocos servicios de reintegración o apoyo a largo plazo a las víctimas, lo cual las dejaba vulnerables a recaer en la trata. Ningún juez dictó órdenes para que los tratantes condenados pagaran resarcimiento a las víctimas en 2020. El gobierno brindó protección a los testigos y apoyo a las víctimas identificadas, como no revelar la identidad de las víctimas en los tribunales y permitirles dar testimonio por declaración jurada o videoconferencia, pero estas medidas de protección estaban únicamente disponibles mientras duraba el juicio. Algunos observadores denunciaron casos de filtración de datos sobre las víctimas en los sistemas judiciales, lo que socavaba la privacidad de las víctimas y ponía en riesgo su seguridad.
Debido a la falta de procedimientos formales de identificación, especialmente entre los menores detenidos por cometer delitos vinculados a las pandillas, las autoridades pudieron haber detenido o encarcelado a algunas víctimas no identificadas por cometer actos ilícitos que sus tratantes las obligaban a cometer. La ley sobre la trata de personas de 2014 otorga a las víctimas extranjeras el derecho a solicitar residencia en el país, lo que les permitiría trabajar de manera lícita. La ley de migración de 2019 otorga a las víctimas extranjeras el derecho a obtener la residencia, la cual confiere a las víctimas de la trata residencia con varios permisos de entrada y salida y un permiso de trabajo por un período inicial de hasta dos años con opción a prórroga. Sin embargo, ninguna víctima extranjera recibió beneficios de residencia durante el año.
PREVENCIÓN
El gobierno disminuyó las labores de prevención. El Consejo Nacional contra la Trata de Personas, bajo el mando del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, coordinó la labor de 12 instituciones públicas contra la trata de personas. No obstante, el plan nacional de acción contra la trata finalizó durante el periodo del informe anterior, y el Consejo no redactó un nuevo plan según lo exige la ley. Dicho Consejo no generó ni divulgó datos de su informe anual, obligatorio por ley, sobre la labor contra la trata para 2020. El gobierno trabajó en coordinación con las organizaciones de la sociedad civil para la realización de campañas de concientización dirigidas a los niños y jóvenes, pero no brindó financiamiento a estas campañas.
Ni en el Código de Trabajo ni en el Código Penal se estipulan multas ni sanciones por contratar a trabajadores de manera fraudulenta. El Ministerio de Trabajo gestionaba la mayoría de los trámites de contratación con visa H-2A de El Salvador y daba mantenimiento a su sitio web, donde publicaba información sobre los derechos de los trabajadores salvadoreños y advertía sobre tácticas de contratación fraudulentas. Este ministerio no hizo las mismas advertencias contra las prácticas de contratación fraudulentas en el servicio doméstico. El Código de Trabajo prohíbe la retención de salarios, sin embargo, el gobierno no aplicaba esta disposición de manera eficaz. En febrero de 2020, aunque la Corte Suprema de Justicia dictó un fallo que exigía el establecimiento y la aplicación de un salario mínimo para los trabajadores domésticos a través de un decreto ejecutivo en un plazo de 12 meses, el gobierno no emitió dicho decreto durante el periodo del informe. Según peritos locales, el Registro Nacional de las Personas Naturales cerró temporalmente a raíz de la pandemia, lo que ocasionó dificultades para inscribir nacimientos. Además, la imposición de una tasa para certificaciones de partidas de nacimiento después de 90 días constituyó un obstáculo financiero para que algunas personas obtuvieran la documentación necesaria para sus hijos, lo que aumentó su vulnerabilidad a la trata de personas. Si bien la legislación salvadoreña tipifica el turismo sexual como delito y estipula penas de cuatro a 10 años de prisión, las autoridades no notificaron ninguna investigación ni enjuiciamiento de delitos de turismo sexual. El gobierno no tomó medidas para reducir la demanda de actos sexuales de naturaleza comercial.
PERFIL DE LA TRATA
Como se ha informado en los últimos cinco años, los tratantes de personas explotan a víctimas nacionales y extranjeras en El Salvador y a víctimas salvadoreñas en el exterior. Los tratantes explotan a adultos y menores con fines de trata sexual dentro del país; los menores sin padres, las adolescentes y las personas LGBTQI+, en especial las transgénero, corren un riesgo especial. De acuerdo con las ONG, la trata con fines de explotación sexual tenía lugar en la industria turística. Los tratantes suelen explotar a las víctimas dentro de sus propias comunidades u hogares, y a veces explotan incluso a sus propios hijos u otros familiares. Los tratantes explotan a niños y adultos salvadoreños forzándolos a trabajar en la agricultura, el servicio doméstico, la mendicidad y la industria textil. Los tratantes explotan a adultos y menores de países vecinos, en especial Guatemala, Honduras y Nicaragua, y los someten a la explotación sexual y al trabajo forzoso en la construcción, el servicio doméstico o el sector informal. Además, reclutan a víctimas en las regiones del país aquejadas por altos niveles de violencia y aprovechan el temor para coaccionar a esas víctimas y a sus familias con amenazas de violencia. La escasa presencia del gobierno en el territorio controlado por las pandillas agrava el riesgo de trata en los grupos vulnerables y limita su acceso a la justicia y la protección. Las pandillas se hacían pasar por empleadores domésticos para engañar a las mujeres y obligarlas al trabajo forzoso, y también obligaban a algunas víctimas a casarse con desconocidos y convencer a su cónyuge para que adquirieran pólizas de seguro de vida, que las pandillas cobraban tras asesinar a sus maridos. Los grupos de delincuencia organizada transnacional y las pandillas reclutan activamente a niños y los sustraen, entrenan, arman y someten a trabajo forzoso en actividades ilícitas, como homicidio, extorsión y narcotráfico. Estos grupos obligan a mujeres y menores, entre ellos menores LGBTQI+ a brindar servicios sexuales y a trabajar en el servicio doméstico y en el cuidado de niños. Los tratantes explotan a hombres, mujeres y niños y niñas salvadoreños en la trata sexual y los someten al trabajo forzoso en Belice, Guatemala, México y los Estados Unidos. Además, explotan a algunos salvadoreños que emigran de manera irregular a los Estados Unidos y los someten al trabajo forzoso, a actividades delictivas o a la trata sexual en el camino o a su llegada. Asimismo, explotan a algunos migrantes africanos, asiáticos, centroamericanos y sudamericanos que pasan por El Salvador en tránsito a Guatemala y América del Norte y los someten a la trata sexual y laboral. Las personas sin documentación son sumamente vulnerables a la trata. Los tratantes recurren cada vez más a las redes sociales y a las plataformas de mensajes para atraer a las víctimas, con falsas ofertas de trabajo, y para facilitar su explotación. La corrupción y la complicidad, incluso dentro de las fuerzas del orden, el sistema penitenciario y los gobiernos locales, siguieron siendo grandes obstáculos para las actividades de aplicación de la ley.