Formularios y Tarifas para Solicitar la Reinscripción para el TPS
Esta traducción se proporciona como una cortesía y únicamente debe considerarse fidedigna la fuente original en inglés.
Para reinscribirse para el TPS con base en la designación de El Salvador, usted debe presentar una Solicitud de Estatus de Protección Temporal – TPS (Formulario I-821). No es necesario pagar para completar el Formulario I-821 Ver 8 CFR 244.17. Se le puede requerir que pague la tarifa de servicios biométricos. Lea la información adicional en la parte “Tarifa de Servicios Biométricos” de este anuncio.
Mediante la aplicación de este anuncio en el Registro Federal su Documento de Autorización de Empleo (EAD) actual, emitido bajo la designación de TPS de El Salvador que expira el 9 de marzo de 2018, se extiende automáticamente por 180 días, hasta el 5 de septiembre de 2018. Usted no necesita solicitar un nuevo EAD para ser beneficiario de esta extensión automática de 180 días. Sin embargo, si usted desea obtener una nueva EAD válida hasta el 9 de septiembre de 2019, debe llenar una solicitud de Autorización de Empleo (Formulario I-765) y pagar la tarifa correspondiente (o pedir una exoneración). Aviso: si usted no desea una nueva EAD ahora, no debe presentar el Formulario I-765 ni pagar la tarifa correspondiente al I-765. Si usted no desea solicitar ahora una nueva EAD, también puede presentar un I-765 y pagar la tarifa (o solicitar una exoneración) más adelante, siempre que todavía tenga TPS, o una solicitud de TPS pendiente. Pero a menos que usted se reinscriba y presente una solicitud de EAD dentro del plazo estipulado en este anuncio, su EAD actual expirará el 5 de septiembre de 2018. Usted puede presentar la solicitud para una nueva EAD tanto antes como después de que su EAD actual haya expirado. Sin embargo, se le recomienda enfáticamente que presente su solicitud para una nueva EAD lo antes posible para evitar vacíos en los periodos de validez de su autorización de empleo.
Si usted quiere obtener una EAD y la reinscripción de TPS al mismo tiempo, presente los dos formularios, I-821 y I-765. Si no puede pagar la tarifa de solicitud y/o la tarifa de servicio biométrico, puede completar un Pedido de Exoneración de Tarifa (Formulario I-912) o enviar una carta personal solicitando una exoneración de la tarifa con la documentación de respaldo pertinente. Para mayor información sobre los formularios y tarifas de solicitud de TPS, visite la página web del TPS del USCIS http://www.uscis.gov/tps (https://www.uscis.gov/es/tps-ElSalvador). Las tarifas para los formularios I-821, I-765, y los servicios biométricos se describen también en 8 CFR 103.7(b)(1)(i).
Aviso
No es necesario que presente una nueva solicitud si al 18 de enero de 2018 usted aún tenía pendientes formularios I-821 y/o I-765 pendientes de resolución. Si se le aprueba esa solicitud de TPS pendiente, se le otorgará un TPS hasta el 9 de septiembre de 2019. De la misma manera, si usted tiene pendiente una solicitud relacionada al TPS para una EAD ya aprobada, esta será válida hasta el 9 de septiembre de 2019.
Tarifa de Servicio Biométrico
Todos los solicitantes a partir de los 14 años deben presentar información biométrica (como huellas digitales). Esos solicitantes deben pagar una tarifa de servicios biométricos. Como ya se mencionó, si no puede pagar la tarifa de servicios biométricos, usted debe llenar un formulario I-912 o enviar una carta personal solicitando una exoneración con documentación de respaldo correspondiente. Para más información sobre la tarifa de servicio biométrico, visite la página web del USCIS http://www.uscis.gov. Si es necesario, se le pedirá que concurra a un centro de apoyo para solicitudes (Application Support Center) donde se le tomarán los datos biométricos. Para más información sobre el proceso de selección biométrica de USCIS consulte la evaluación del USCIS Customer Profile Management Service Privacy Impact Assessment, disponible en www.dhs.gov/privacy.
Volver a completar una nueva solicitud de reinscripción para el TPS caso su pedido de exoneración de pago sea rechazado
Debe enviar su solicitud lo antes posible dentro del período de reinscripción de 60 días para que el USCIS pueda procesar su solicitud y emitir una EAD de inmediato. Presentar la solicitud de la manera correcta y con anticipación le permitirá tener tiempo para presentar nuevamente su solicitud antes de que venza el plazo, en el caso en que el USCIS rechace su pedido de exoneración. No obstante, si su pedido de exoneración es rechazado y usted no puede volver a presentar su solicitud de reinscripción antes de que expire el plazo, usted puede presentar nuevamente su formulario Start Printed Page 2657I-821 con la tarifa de servicios biométricos. Su situación será evaluada para determinar si hubo un motivo válido para el atraso en la reinscripción para el TPS. No obstante, se le exhorta a presentar su solicitud nuevamente, de ser posible dentro de los 45 días posteriores a la fecha del aviso de rechazo de exoneración. Ver INA sección 244(c)(3)(C); 8 U.S.C. 1254a(c)(3)(C); 8 CFR 244.17(b). Más información sobre motivos válidos para un atraso en la reinscripción, consulte la página de internet de TPS del USCIS en http://www.uscis.gov/tps. Después del rechazo de su solicitud de exoneración del pago, usted puede presentar nuevamente su Formulario I-765 con la tarifa tanto junto con el Formulario I-821, como después, si así lo prefiere.
Aviso
Si bien un beneficiario de reinscripción de TPS de 14 años o más debe pagar los servicios biométricos (aunque no la tarifa del Formulario I-821) al presentar una solicitud, usted puede decidir esperar para solicitar una EAD. Por lo tanto, usted no tiene que presentar el Formulario I-765 ni pagar la tarifa correspondiente a ese formulario (o pedir una exoneración) en el momento de la reinscripción, y puede esperar para pedir una EAD hasta que el USCIS haya aprobado su solicitud de reinscripción de TPS. Si usted toma esa decisión, para reinscribirse para el TPS necesitará presentar solo el Formulario I-821 con la tarifa de servicios biométricos, si corresponde (o pedir una exoneración de la tarifa)
Información para el envío
Envíe por correo su solicitud de TPS a la dirección que le corresponde según la Tabla 1.
Si usted . . | Envíe a . . . |
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Solicita una reinscripción y reside en los siguientes estados-territorios: Alabama, Alaska, American Samoa, Arkansas, Colorado, Guam, Hawaii, Idaho, Iowa, Kansas, Luisiana, Minnesota, Mississippi, Missouri, Montana, Nebraska, New Mexico, New York, North Dakota, Northern Mariana Islands, Oklahoma, Puerto Rico, South Dakota, Tennessee, Texas, Utah, Virgin Islands, Wisconsin, Wyoming | U.S. Postal Service: U.S Citizenship and Immigration Services, Attn: TPS El Salvador, P.O. Box 660864, Dallas, TX 75266. Non-U.S. Postal Delivery Service: U.S Citizenship and Immigration Services, Attn: TPS El Salvador, 2501 S. State Highway, 121 Business Suite 400, Lewisville, TX 75067. |
Solicita reinscripción y reside en los siguientes estados-territorios: Connecticut, Delaware, Florida, Georgia, Illinois, Indiana, Kentucky, Maine, Maryland, Massachusetts, Michigan, New Hampshire, New Jersey, North Carolina, Ohio, Pennsylvania, Rhode Island, South Carolina, Vermont, Virginia, Washington, DC, West Virginia | U.S. Postal Service: U.S. Citizenship and Immigration Services, Attn: TPS El Salvador, P.O. Box 8635, Chicago, IL 60680-8635. Non-U.S. Postal Delivery Service:U.S. Citizenship and Immigration Services, Attn: TPS El Salvador, 131 S. Dearborn—3rd Floor, Chicago, IL 60603-5517. |
Solicita reinscripción y reside en los siguientes estados: Arizona, California, Nevada, Oregon, Washington | U.S. Postal Service: U.S. Citizenship and Immigration Services, Attn: TPS El Salvador, P.O. Box 21800, Phoenix, AZ 85036. Non-U.S. Postal Delivery Service: U.S. Citizenship and Immigration Services, Attn: TPS El Salvador, 1820 E. Skyharbor Circle S, Suite 100, Phoenix, AZ 85034. |
Solicita por primera vez como registro inicial atrasado (en todos los estados/territorios) | U.S. Postal Service: U.S. Citizenship and Immigration Services, Attn: TPS El Salvador, P.O. Box 8635, Chicago, IL 60680-8635. Non-U.S: Postal Delivery Service:U.S. Citizenship and Immigration Services, Attn: TPS El Salvador, 131 S. Dearborn—3rd Floor, Chicago, IL 60603-5517. |
Tabla 1—Direcciones Postales |
Si un Juez de Inmigración (IJ) o una Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) le ha otorgado un TPS y usted desea solicitar una EAD, o se está reinscribiendo por primera vez después de un otorgamiento de TPS por un IJ o una BIA, envíe su solicitud a la dirección postal correspondiente de la Tabla 1. Cuando se está reinscribiendo o solicitando una EAD con base en el otorgamiento del TPS por un IJ o una BIA, incluya junto con su solicitud una copia de la orden del IJ o la BIA con la cesión del TPS. Esto nos ayudará a verificar el otorgamiento de TPS y a procesar su solicitud.
Documentos de respaldo
Las instrucciones para completar el Formulario I-821 listan todos los documentos necesarios para establecer la elegibilidad para el TPS. Usted puede además encontrar información sobre documentación aceptable y otros requisitos para solicitar o registrarse para el TPS en la página del USCIS www.uscis.gov/tps sobre “El Salvador”. (https://www.uscis.gov/es/tps-ElSalvador)
Documento de Autorización de Empleo (EAD)
¿Cómo puedo obtener información sobre el estado de mi solicitud de EAD?
Para obtener información sobre el estado del caso de su solicitud de TPS, incluido el estado de una solicitud de EAD, puede verificar el estado del caso a través de internet en http://www.uscis.gov , o llamar al Centro Nacional de Atención al Cliente del Servicio Nacional de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) al 800-375-5283 (TTY 800-767-1833). Si su Formulario I-765 ha estado pendiente durante más de 90 días y aún necesita asistencia, puede solicitar una cita de consulta de EAD con USCIS utilizando el sistema InfoPass en https://infopass.uscis.gov . Sin embargo, le recomendamos encarecidamente que primero verifique el estado del caso en línea o llame al Centro Nacional de Atención al Cliente del USCIS para obtener asistencia antes de hacer una cita en InfoPass.
¿Soy elegible para recibir una extensión automática de 180 días de mi actual EAD hasta el 5 de septiembre de 2018, utilizando este anuncio del Registro Federal?
Sí. Siempre que tenga un EAD basado en TPS de El Salvador, este anuncio del Registro Federal extiende automáticamente su EAD en 180 días (hasta el 5 de septiembre de 2018) si usted:
- Es ciudadano de El Salvador (o un extranjero que no tiene nacionalidad y cuya última residencia habitual fue en El Salvador);
- Tiene un EAD con una fecha de caducidad marcada del 9 de marzo de 2018, con la anotación A-12 o C-19 en la cara de la tarjeta bajo Categoría.
Aunque este anuncio del Registro Federal extiende automáticamente su EAD hasta el 5 de septiembre de 2018, si desea mantener su TPS debe volver a registrarse a tiempo para el TPS de acuerdo con los procedimientos descritos en este anuncio del Registro Federal.
Cuando me contraten, ¿qué documentación puedo mostrarle a mi empleador como evidencia de autorización de empleo e identidad, cuando complete la Verificación de Elegibilidad de Empleo (Formulario I-9)?
Puede encontrar una lista de opciones de documentos aceptables en las “Listas de documentos aceptables” para el Formulario I-9. Los empleadores deben completar el Formulario I-9 para verificar la identidad y la autorización de empleo de todos los empleados nuevos. Dentro de los tres días posteriores a la contratación, los empleados deben Comenzar en la Página Impresa 2658 presentar documentos aceptables a sus empleadores como evidencia de identidad y autorización de empleo para cumplir con los requisitos del Formulario I-9.
Puede presentar cualquier documento de la Lista A (que proporciona evidencia de identidad y autorización de empleo), o un documento de la Lista B (que proporciona evidencia de su identidad) junto con un documento de la Lista C (que es evidencia de autorización de empleo), o puede presentar un recibo aceptable para los documentos de la Lista A, la Lista B o la Lista C, tal como se describe en las Instrucciones del Formulario I-9. Los empleadores no pueden rechazar un documento basándose en una fecha de caducidad futura. Puede encontrar información detallada adicional sobre el Formulario I-9 en la página web del I-9 Central de USCIS en http://www.uscis.gov/ I-9Central.
Un EAD es un documento aceptable bajo la Lista A. Si su EAD tiene una fecha de caducidad del 9 de marzo de 2018 e indica A-12 o C-19 bajo Categoría, el mismo ha sido extendido automáticamente durante 180 días en virtud de este anuncio del Registro Federal y puede optar por presentar este anuncio junto con su EAD a su empleador como prueba de identidad y elegibilidad de empleo para el Formulario I-9 hasta el 5 de septiembre de 2018, a menos que su TPS haya sido retirado o su solicitud de TPS haya sido denegada. Si presentó correctamente un nuevo EAD de acuerdo con este anuncio, también recibirá el Formulario I-797C, Aviso de Acción que indicará que su EAD actual codificado con A-12 o C-19 se extiende automáticamente por 180 días. Puede elegir presentar su EAD a su empleador junto con este Formulario I-797C como un documento de la Lista A que proporciona evidencia de su identidad y autorización de empleo para el Formulario I-9 hasta el 5 de septiembre de 2018, a menos que se haya retirado su TPS o su solicitud de TPS ha sido denegada. Para obtener más información, vea la subsección titulada, “¿Cómo completamos mi empleador y yo la Verificación de Elegibilidad de Empleo (Formulario I-9) usando un EAD extendido automáticamente para un nuevo trabajo?”.
Para reducir la confusión sobre esta extensión en el momento de la contratación, debe explicarle a su empleador que su EAD se ha extendido automáticamente hasta el 5 de septiembre de 2018. También puede proporcionar a su empleador una copia de este anuncio del Registro Federal, que explica que su EAD se ha extendido automáticamente. Como alternativa a presentar pruebas de su EAD extendido automáticamente, puede optar por presentar cualquier otro documento aceptable de la Lista A, una combinación de una selección de la Lista B y una selección de la Lista C, o un recibo válido.
¿Qué documentación puedo presentar a mi empleador para la Verificación de Elegibilidad de Empleo (Formulario I-9) si ya estoy empleado, pero mi actual EAD relacionado con TPS está a punto de caducar?
A pesar de que su EAD se ha extendido automáticamente, su empleador deberá preguntarle acerca de su autorización continuada de empleo a más tardar antes de que comience a trabajar el 10 de marzo de 2018. Deberá presentarle a su empleador evidencia de que todavía está autorizado para trabajar. Una vez presentada, puede corregir la fecha de caducidad de su autorización de empleo en la Sección 1 y su empleador debe corregir la fecha de caducidad de EAD en la Sección 2 del Formulario I-9. Para obtener más información, vea la subsección titulada, “¿Qué correcciones debemos hacer mi empleador actual y yo en la Verificación de Elegibilidad de Empleo (Formulario I-9) si mi autorización de empleo ha sido extendida automáticamente?”. Puede mostrar este anuncio del Registro Federal a su empleador para explicarle qué hacer para el Formulario I-9 y para mostrar que su EAD se ha extendido automáticamente hasta el 5 de septiembre de 2018. Es posible que su empleador tenga que reinspeccionar su EAD extendido automáticamente para verificar la fecha de caducidad y el código de Categoría para registrar la fecha de caducidad actualizada en su Formulario I-9, si su empleador no guardó una copia de este EAD cuando lo presentó por primera vez. Además, si presentó correctamente su Formulario I-765 para obtener un nuevo EAD, recibirá un Formulario I-797C, Aviso de Acción. El Formulario I-797C indicará que su EAD actual codificado con A-12 o C-19 se extiende automáticamente por 180 días. Puede presentar el Formulario I-797C a su empleador junto con su EAD para confirmar que la validez de su EAD se ha extendido automáticamente hasta el 5 de septiembre de 2018, a menos que su TPS haya sido retirado o su solicitud de TPS haya sido denegada. Para reducir la posibilidad de vacíos en los tiempos de validez de su documentación de autorización de empleo, debe presentar su Formulario I-765 para solicitar un nuevo EAD tan pronto como sea posible durante el período de reinscripción.
El último día de la extensión automática de EAD es el 5 de septiembre de 2018. Antes de comenzar a trabajar el 6 de septiembre de 2018, su empleador debe volver a verificar su autorización de empleo. En ese momento, debe presentar cualquier documento de la Lista A o cualquier documento de la Lista C de las listas de documentos aceptables del Formulario I-9, o un recibo aceptable de la Lista A o la Lista C descrito en las Instrucciones del Formulario I-9 para volver a verificar la autorización de empleo.
Para el 6 de septiembre de 2018, su empleador debe completar la Sección 3 de la versión actual del formulario, Formulario I-9 07/17/17 N, y adjuntarlo al Formulario I-9 previamente completado, si su Formulario I-9 original era una versión anterior. Su empleador puede consultar la página web I-9 Central de USCIS en http://www.uscis.gov/I-9Central para obtener la versión más reciente del Formulario I-9.
Tenga en cuenta que su empleador puede no especificar qué documento de la Lista A o de la Lista C debe presentar y no puede rechazar un recibo aceptable.
¿Puede mi empleador exigir que proporcione cualquier otra documentación para demostrar mi estado, como una prueba de mi ciudadanía salvadoreña?
No. Cuando completan el Formulario I-9, incluido el volver a verificar la autorización de empleo, los empleadores deben aceptar cualquier documentación que aparezca en las “Listas de documentos aceptables” del Formulario I-9 que razonablemente parezca legítima y que se refiera a usted, o un recibo aceptable de la Lista A, Lista B o Lista C. Los empleadores no necesitan volver a verificar los documentos de identidad de la Lista B. Los empleadores no pueden solicitar documentación que no aparezca en las “Listas de documentos aceptables”. Por lo tanto, los empleadores no pueden solicitar prueba de ciudadanía salvadoreña o prueba de reinscripción de TPS cuando se completa el Formulario I-9 para nuevos empleados o cuando se vuelve a verificar la autorización de empleo de los empleados actuales. Si les presentan un EAD que se han extendido automáticamente, los empleadores deben aceptar un documento válido de la Lista A, siempre que el EAD parezca legítimo y se refiera al empleado. Consulte la sección Aviso a los Empleados de este anuncio del Registro Federal para obtener información importante sobre sus derechos si su empleador rechaza la documentación legal, requiere documentación adicional o le discrimina por su ciudadanía o estado migratorio, o por su país de origen.
¿Cómo completamos mi empleador y yo la Verificación de Elegibilidad de Empleo (Formulario I-9) usando mi autorización de empleo extendida automáticamente para un nuevo trabajo?
Cuando se use un EAD extendido automáticamente para completar el Formulario I-9 para un nuevo trabajo antes del 6 de septiembre de 2018, usted y su empleador deben hacer lo siguiente:
- Para la Sección 1, usted debe:
- Marcar “Un extranjero autorizado a trabajar hasta el” y escribir el 5 de septiembre de 2018 (09/09/2018), la fecha de caducidad automática extendida de EAD como la “fecha de caducidad, si corresponde, mm/dd/aaaa”; y Comenzar en la Página impresa 2659
- Ingresar su Número de Extranjero/número de USCIS o Número A donde se indique (su EAD u otro documento del DHS tendrá su número de USCIS o número A impreso, el número de USCIS es el mismo que el Número A sin el prefijo A).
- Para la Sección 2, los empleadores deben:
- Determinar si el EAD se extiende automáticamente durante 180 días, asegurándose de que esté en la categoría A-12 o C-19 y que tiene una fecha de caducidad del 9 de marzo de 2018;
- Escribir el título del documento;
- Escribir la autoridad emisora;
- Proporcionar el número del documento; y
- Escribir el 5 de septiembre de 2018, la fecha que será 180 días después de la fecha de caducidad del EAD actual.
Si también solicitó un nuevo EAD, como prueba de la extensión automática de su autorización de empleo, puede presentar su EAD caducado o a punto de caducar con la categoría A-12 o C-19 en combinación con el Formulario I-797C Aviso de Acción que indique que se presentó la solicitud de renovación de EAD y que la categoría de elegibilidad que califica es A-12 o C-19. A menos que su TPS haya sido retirado o su solicitud de TPS haya sido denegada. Esta combinación de documentos se considera un EAD sin caducar bajo la Lista A. En estas situaciones, para completar la Sección 2, los empleadores deben:
- Determinar si el EAD se extiende automáticamente durante 180 días, asegurándose de que:
- Esté en la categoría A-12 o C-19; y
- El código de categoría que está en el EAD es el mismo código de categoría que está en el Formulario I-797C, teniendo en cuenta que los empleadores deben considerar los códigos de categoría A-12 y C-19 como el mismo código de categoría.
- Escribir el título del documento;
- Escribir la autoridad emisora;
- Proporcionar el número del documento; y
- Escribir el 5 de septiembre de 2018, la fecha que será 180 días después de la fecha de caducidad del EAD actual. Antes de comenzar a trabajar el 6 de septiembre de 2018, los empleadores deben volver a verificar la autorización de empleo del empleado en la Sección 3 del Formulario I-9.
¿Qué correcciones debemos hacer mi empleador actual y yo en la Verificación de Elegibilidad de Empleo (Formulario I-9) si mi autorización de empleo se ha extendido automáticamente?
Si presentó un EAD relacionado con TPS que era válido cuando comenzó su trabajo por primera vez y ahora su EAD se ha extendido automáticamente, es posible que su empleador tenga que volver a inspeccionar su EAD actual, si no tienen una copia del EAD en el archivo. Usted puede, y su empleador debe, corregir su Formulario I-9 completado previamente de la siguiente manera:
- Para la Sección 1, usted puede:
- Tachar con una línea la fecha de caducidad en la Sección 1;
- Escribir 5 de septiembre de 2018, la fecha que será 180 días después de la fecha en que caduca su EAD actual, encima de la fecha de caducidad anterior (9 de marzo de 2018); y
- Poner sus iniciales y escribir la fecha de la corrección en el margen de la Sección 1.
- Para la Sección 2, los empleadores deben:
- Determinar si el EAD se extiende automáticamente durante 180 días, asegurándose de que:
- Esté en la categoría A-12 o C-19; y
- Tenga una fecha de caducidad del 9 de marzo de 2018.
- Tachar con una línea la fecha de caducidad en la Sección 2;
- Escribir 5 de septiembre de 2018, la fecha que será 180 días después de la fecha en que caduca el EAD actual del empleado, sobre la fecha de caducidad anterior (9 de marzo de 2018); y
- Poner sus iniciales y escribir la fecha de la corrección en el campo de Información Adicional de la Sección 2.
Como alternativa, si solicitó correctamente un EAD nuevo, puede presentar su EAD caducado con la categoría A-12 o C-19 en combinación con el Aviso de Acción del Formulario I-797C. El Formulario I-797C debe indicar que se presentó la solicitud de renovación de EAD y que la categoría de elegibilidad que califica es A-12 o C-19. Para evitar confusiones, también puede proporcionar a su empleador una copia de este anuncio. Su empleador debe corregir su Formulario I-9 completado previamente de la siguiente manera:
Para la Sección 2, los empleadores deben:
- Determinar si el EAD se extiende automáticamente durante 180 días, asegurándose de que:
- Esté en la categoría A-12 o C-19; y
- El código de categoría que está en el EAD es el mismo código de categoría que está en el Formulario I-797C, teniendo en cuenta que los empleadores deben considerar los códigos de categoría A-12 y C-19 como el mismo código de categoría.
- Tachar con una línea la fecha de caducidad en la Sección 2;
- Escribir 5 de septiembre de 2018, la fecha que será 180 días después de la fecha en que caduca el EAD actual del empleado, sobre la fecha de caducidad anterior (9 de marzo de 2018); y
- Poner sus iniciales y escribir la fecha de la corrección en el campo de Información Adicional de la Sección 2.
Nota:
Esto no se considera una nueva verificación. Los empleadores no necesitan completar la Sección 3 hasta que la extensión de 180 días haya terminado o el empleado presente un nuevo documento para mostrar la continuación de la autorización de empleo, lo que ocurra primero. Para el 6 de septiembre de 2018, cuando el EAD extendido automáticamente del empleado haya caducado, los empleadores deben volver a verificar la autorización de empleo del empleado en la Sección 3.
Si soy un empleador inscrito en E-Verify, ¿cómo puedo verificar el estado de un nuevo empleado cuyo EAD se haya extendido automáticamente?
Los empleadores pueden crear un caso en E-Verify para un nuevo empleado usando el EAD con la fecha de caducidad del 9 de marzo de 2018, o la información del recibo del Formulario I-797C provista en el Formulario I-9. En cualquier caso, el número del recibo ingresado como número de documento en el Formulario I-9 debe ingresarse en el campo de número de documento en E-Verify.
Si soy un empleador inscripto en E-Verify, ¿qué hago cuando recibo una alerta de “Caducidad de documentos de autorización de trabajo” para un EAD extendido automáticamente?
E-Verify ha automatizado el proceso de verificación para los empleados cuyo EAD relacionado con TPS se extendió automáticamente. Si tiene empleados beneficiarios de TPS que proporcionaron un EAD relacionado con TPS cuando comenzaron a trabajar para usted, recibirá una alerta de caso de “Caducidad de documentos de autorización de trabajo” cuando esté a punto de caducar el período de extensión automática para este EAD. Esto indica que debe actualizar el Formulario I-9 de acuerdo con las instrucciones anteriores. Antes de que un empleado comience a trabajar el 6 de septiembre de 2018, debe volverse a verificar la autorización de empleo en la Sección 3. Los empleadores no deben usar E-Verify para la nueva verificación.
Nota para todos los empleadores
Se recuerda a los empleadores que siguen vigentes las leyes que exigen una verificación adecuada de la elegibilidad laboral y que prohíben las prácticas injustas de empleo relacionadas con la inmigración. Este anuncio del Registro Federal no reemplaza ni limita de ninguna manera las normas aplicables de verificación de empleo y la orientación de políticas, incluidas las reglas que establecen los requisitos de verificación. Para preguntas generales sobre el proceso de verificación de elegibilidad laboral, los empleadores pueden llamar a USCIS al 888-464-4218 (TTY 877-875-6028) o enviar un correo electrónico a USCIS a I-9Central@dhs.gov. Se aceptan llamadas y correos electrónicos en inglés y en muchos otros idiomas. Para hacer preguntas sobre cómo evitar la discriminación durante el proceso de elegibilidad laboral (Formulario I-9 y E-Verify), los empleadores pueden llamar a la Línea Directa para Empleadores al 800-255-8155 (TTY 800-237-2515) de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia de los EE. UU., Sección de Derechos de Inmigrantes y Empleados (IER) (anteriormente Oficina del Consejero Especial para Prácticas Injustas en el Empleo Relacionadas con la Inmigración). El IER ofrece interpretación de idiomas en varios lenguajes Comenzar en la Página impresa 2660. Los empleadores también pueden enviar un correo electrónico a IER a IER@usdoj.gov.
Nota para los empleados
Para preguntas generales sobre el proceso de verificación de elegibilidad laboral, los empleados pueden llamar a USCIS al 888-897-7781 (TTY 877-875-6028) o enviar un correo electrónico a USCIS a I-9Central@dhs.gov . Se aceptan llamadas en inglés, español y en muchos otros idiomas. Los empleados o solicitantes también pueden llamar a la Línea Directa para Trabajadores de IER al 800-255-7688 (TTY 800-237-2515) para obtener información sobre la discriminación laboral basada en la ciudadanía, estatus migratorio o nacionalidad, incluida la discriminación relacionada con la Verificación de Elegibilidad de Empleo (Formulario I -9) y E-Verify. La Línea Directa para Trabajadores de IER proporciona interpretación en varios idiomas.
Para cumplir con la ley, los empleadores deben aceptar cualquier documento o combinación de documentos de las Listas de Documentos Aceptables si la documentación parece ser legítima y está relacionada con el empleado, o un recibo aceptable de la Lista A, la Lista B o la Lista C como se describe en las Instrucciones de Verificación de Elegibilidad de Empleo (Formulario I-9). Los empleadores no pueden requerir documentación extra o adicional más allá de lo requerido para completar el Formulario I-9. Además, los empleadores que participan en E-Verify que reciben un resultado de caso E-Verify de “No Confirmación Tentativa” (TNC) deben informar de inmediato a los empleados del TNC y dar a dichos empleados la oportunidad de impugnar el TNC. Un resultado de caso de TNC significa que la información ingresada en E-Verify del Formulario I-9 del empleado difiere de los registros del gobierno federal o estatal.
Los empleadores no pueden cesar, suspender, retrasar la capacitación, retener el pago, pagar menos ni tomar cualquier acción adversa contra un empleado debido al TNC mientras el caso aún esté pendiente con E-Verify. Se recibe un resultado de caso de No Confirmación Final (FNC) cuando E-Verify no puede verificar la elegibilidad de empleo de un empleado. Un empleador puede cesar el empleo en función de un resultado de caso de FNC. Los empleados con autorización de trabajo que reciban un FNC pueden llamar a USCIS para obtener asistencia al 888-897-7781 (TTY 877-875-6028). Para obtener más información sobre la discriminación relacionada con E-Verify o para denunciar a un empleador por discriminación en el proceso de E-Verify basado en ciudadanía, estatus migratorio u origen nacional, comuníquese con la Línea Directa para Trabajadores de IER llamando al 800-255-7688 (TTY 800-237- 2515). Se puede obtener información adicional sobre los procedimientos adecuados de no discriminación del Formulario I-9 y E-Verify en el sitio web de IER en https://www.justice.gov/iery en el sitio web de USCIS en http://www.dhs.gov/E-verify.
Esta traducción se proporciona como una cortesía y únicamente debe considerarse fidedigna la fuente original en inglés.