Fallecimiento de un ciudadano de Estados Unidos

Cuando un ciudadano de los EE.UU. muere en El Salvador, la Embajada de EE.UU. en San Salvador puede ayudar a la familia y amigos durante este tiempo difícil.  La muerte es un momento de crisis para la familia de uno y amigos sin importar dónde se lleva a cabo.  Si ocurre una muerte en el extranjero, la experiencia puede ser aún más traumática, especialmente si no se conocen los procedimientos involucrados.  Hay varias cosas importantes que el pariente más cercano debe hacer, y estamos listos para ayudarle con cualquiera de estos pasos en cualquier momento.

La Embajada de EE.UU. va a localizar e informar al pariente más cercano de la muerte del ciudadano Estadounidense y proporcionara información sobre la manera de hacer los arreglos para el entierro local o la repatriación de los restos mortales del ciudadano Estadounidense a los Estados Unidos. Buscamos llevar a cabo los deseos del pariente más cercano.  En general, el pariente más cercano es el cónyuge, los hijos mayores de edad , los padres o los hermanos de la persona fallecida en su defecto.

La disposición de los restos mortales está sujeto a las leyes de EE.UU., las leyes locales de El Salvador, los requisitos aduaneros Salvadoreños, de EE.UU. y demás países, y además a las instalaciones de los países extranjeros, las cuales suelen ser muy diferentes a las de los Estados Unidos.  Por favor, seleccione el enlace para leer nuestro reporte sobre la disposición de restos mortales el cual proporciona información específica sobre los servicios fúnebres en El Salvador.

También proporcionamos información a la familia sobre la manera de transferir los fondos privados necesarios para cubrir los gastos en el extranjero.  El Departamento de Estado no tiene fondos para ayudar en la repatriación de los restos mortales de los ciudadanos estadounidenses que mueren en el extranjero.  Tras la emisión del certificado de defunción local, la Embajada de EE.UU. preparará un Reporte Consular de Defunción de un Ciudadano EE.UU. en el extranjero (DS -2060).  Copias de este reporte se proporcionan al pariente más cercano o representante legal y podrán ser utilizados en los tribunales estadounidenses para resolver cuestiones testamentarias.

Un oficial consular de los EE.UU. en el extranjero, tiene la responsabilidad legal por la propiedad personal del ciudadano Estadounidense que muere en el extranjero, si el fallecido no tuviere representante legal o pariente más cercano en el país donde ocurrió la muerte, y estando sujeto a la legislación local.  En esa situación, el oficial consular puede tomar posesión de los efectos personales, como joyas, documentos personales, otros documentos y ropa . El oficial prepara un inventario de los efectos personales y luego llevará a cabo las instrucciones del pariente más cercano o representante legal con relación a los efectos personales.

Para obtener más información sobre el Reporte Consular de Defunción de un Ciudadano de EE.UU. en el extranjero (DS -2060), y otros servicios en los cuales un oficial consular puede ayudarle cuando un ser querido muere en el extranjero, consulte los siguientes enlaces:

Reporte Consular de Defunción de un Ciudadano estadounidense en el extranjero (información disponible en inglés solamente)

Reporte Electrónico de Defunción de un Ciudadano Estadounidense en el Extranjero

Repatriación de Restos Mortales de Estadounidenses fallecidos (información disponible en inglés solamente)

Bienes de Ciudadanos Estadounidenses fallecidos (información disponible en inglés solamente)

Informe de Muertes No Naturales de Ciudadanos Estadounidenses en el Extranjero (información disponible en inglés solamente)